| page_0027de la orden de sancto Domingo acerca del sermon que predico en su convento
desta ciudad a primero de henero del año pasado de seiscientos y veinte y
quatro, cuya censura y qualificacion remittio al D[oct]or Alonso Muñoz theso
rero de la cathedral desta d[ich]a ciudad Cathedratico de prima de Theologia
Jubilado, y al D[oct]or Nicolas de la Torre Canonigo Magistral della; y havien
do la visto, le declaro por excomulgado y mando fixar como tal en la
Tablilla, y le privo perpetuam[en]te de la lic[enci]a de predicar en todo su arçobispado
Y remittiendo a este s[an]to officio la causa en lo tocante a las doctrinas y proposicio
nes que predico para que por v[uestr]a s[eñori]a se proveyese lo que conviniese.= Y assi
mismo hallo un quaderno en limpio del sermon q[u]e predico el d[ic]ho Maestro fir
mado de su nombre, y otro traslado simple del, que ambos los exhibio el P[adr]e
fr[ay] Diego de Monrroy su provincial. Y no paresce hasta aora que v[uestr]a s[eñoria] aya
proveido cosa alguna en esta causa, siendo assi que de la d[ic]ha ynformacion
y qualificacion de los d[ic]hos Doctores consta haver predicado el d[ic]ho P[adr]e Fr[ay] Luis
Barrosso algunas doctrinas y proposiciones falsas, temerarias, y escandalo
sas, que conviene se qualifiquen por mandado de v[uestra] s[eñoria] segun estilo deste s[an]to
officio. Y para que en la dicha causa se proceda conforme a derecho y se substan
cie con el d[ic]ho P[adr]e Fr[ay] Luis Barrosso. A v[uestr]a s[eñoria] pido y supp[li]co le mande detener
y detenga imponiendole censura y penas para que no se ausente desta
ciudad y Reyno, no dandole lic[enci]a para salir del; y caso q[u]e se le aya dado
se sirva revocarsela; que proveyendolo asi V[uestr]a s[eñoria] esto y presto de pedir
lo que mas me convenga; y pido just[ici]a y en lo necess[ari]o ...? y que desta per[s]on
a mi pedim[en]to se me de testim[oni]o.
D[oct]or Bartholome
Gonçales soltero
| page_0027de la orden de sancto Domingo acerca del sermon que predico en su convento
desta ciudad a primero de henero del año pasado de seiscientos y veinte y
quatro, cuya censura y qualificacion remittio al D[oct]or Alonso Muñoz theso
rero de la cathedral desta d[ich]a ciudad Cathedratico de prima de Theologia
Jubilado, y al D[oct]or Nicolas de la Torre Canonigo Magistral della; y havien
do la visto, le declaro por excomulgado y mando fixar como tal en la
Tablilla, y le privo perpetuam[en]te de la lic[enci]a de predicar en todo su arçobispado
Y remittiendo a este s[an]to officio la causa en lo tocante a las doctrinas y proposicio
nes que predico para que por v[uestr]a s[eñori]a se proveyese lo que conviniese.= Y assi
mismo salbo? un quaderno en limpio del sermon q[u]e predico el d[ic]ho Maestro fir
mado de su nombre, y otro traslado simple del, que ambos los exhibio el P[adr]e
fr[ay] Diego de Monrroy su provincial. Y no paresce gata aora que vuestra señoria aya
proveido cosa alguna en esta causa, siendo assi que de la dicha ynformacion
y qualificacion de los dichos doctores contra saver predicado el dicho padre fray Luis
Barrosso algunas doctrinas y proposiciones falsas, temerarias, y escandalo
sas, que conviene se qualifiquen por mandado de vuestra señoria segun estilo deste santo
officio. Y para que en la dicha causa se proceda conforme a derecho y se substan
cie con el dicho padre fray Luis Barrosso. A Vuestra señoria pido y sumplico le mande detener
y detenga imponiendole censura y penas para que o se ausente desta
ciudad y Reyno, no dandole lugar para salir del; y caso que se le aya dado
se sirva revocarsela; que proveyerndolo asi vuestra señoria esto y presto de pedir
lo que mas me convenga; y pido justicia y en lo... y que desta persona
a mi pedimento se me de testimonio.
Doctor Bartholome
Gonzales soltero
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