| page_0018Referidos como en Reprehender a su ss[enorí]a Il[ustrísi]ma culpándole q[ue] pone descomuniones
sin fundamento y lo demas que los t[estig]os reffieren por lo qual se debe tener el tal
predicador por yncurso en la zensura de Leon 10, q[ue] Refiere quaranta uerbo; Pre
dicator, que es la mesma que está en el Bullario o nueba Recopilacion de la.........?
tomo 1° pag[ina] 508 colr. 1° [primera?] Y assi puede su ss[eñorí]a Il[ustrísi]ma pareciendole combenir vsar
de la facultad que el concilio tridentino da en semexantes cassos a los obispos
lectores? 5? de reformatione ce. z° si u° quod absit y este es n[uest]ro parecer debaxo
de mexor. Méx[i]co 10 (20?) de henero de 1624 a[ñ]os. Doctor Al[ons]o Muñoz. El d[oct]or Nicolas de la torre
[Auto]
en la ciu[da]d de Mex[i]co A diez y ocho días del mes de henero de mill y seisc[ient]os y u[ein]te y quatro a[ñ]os
El il[ustrisi]mo s[eñ]or don Juan de la Serna Por la diuina gracias arcob[is]po de Mex[i]co del consejo de
Su Mage[sta]d (etcétera?), mi? s[eño]r auiendo uisto esta ynform[aci]on y autos f[ec]hos contra fray Luis Barroso
Religiosso y predicador de la orden de sancto Domingo en Razon del escandaloso ser
mon, que predico en el combento de ss[an]to Domingo desta ciu[da]d lunes por la tarde que se con
taron primero dia deste press[en]te mes de henero, y la zensura en d[ic]ha Razon dada
por los doctores Alonso Muñoz cathedratico de prima jubilado en ss[ant]a theulugia (sic) y thesorero
de la cathedral desta ciu[da]d= Y Nicolas de la Torre canonigo de la Magistral della=
dixo que debia de declarar declaraba y declaro al d[ic]ho fray Luis Barrosso por yncurso en la
censura y excomunion puesta y establecida por una Bulla de la felice Recordacion
de Leon decimo que comienca superne (sic) disposicionis adbitrio= Contra los que predican
Doctrinas falssas y escandalossas y contra los prelados eclesiasticos= Y como tal exc[omulga]do?
mandaba y mando sea puesto en la tablilla pribandole como le pribaba y pribo sus ss[eñori]as?
Perpetuamente de la licencia que tiene de predicar en este arzob[is]p[a]do= Y desde luego
se la Rebocaba y Reboco Anulaba y Anulo y dio por ninguna y de ningun valor
y efecto y se le notifique no use della en manera alguna so las penas en que yn
curren y caen los que predican sin tener licencia= Y en lo demas de las doctrinas
que a predicado contrarias y sospechossas A n[uest]ra s[an]ta fee catholica y ley evangelica, lo debia
de remitir remitia y remitió al ss[an]to officio de la ynquissición para que los señores
Della lo vean y probean lo que combenga al seruicio de Dios n[uest]ro s[eñ]or buen exemplo
y hedificación del pueblo cristiano y para ello se llebe a los d[ic]hos ss[eñor]es un tanto de esta
ynformación y autos signados y en pu[bli]ca forma, Y assí lo m[an]do y firmó el Arcob[is]po de Méx[i]co
Ante mi Gerónimo de Aguilar notario.
| page_0018Referidos como en Reprehender a su senoría Ilustrísima culpándole que pone descomuniones
sin fundamento y lo demas que los testigos reffieren por
predicador por yncurso en la zensura de Leon 10, que
dicator, que es la mesma que está en el Bullario on
tomo 1° pagina 508 colr. primera. Y assi puede su señoría Ilustrísima
de la facultad que el concilio tridentino da en semexantes cassos a los obispos
lectores? de reformatione ce. z° si u° quod absit y este es nuestro parecer debaxo
de mexor. México 10 (20?) de henero de 1624 años Doctor Alonso Muñoz. El doctor Nicolas de la torre
en la ciudad de Mexico A diez y ocho días del mes de henero de mill y seiscientos y ueinte y quatro años
El ilustrisimo señor don Juan de la Serna Por la diuina gracias arcobispo de Mexico del consejo de
Su Magestad (etcétera?), mi? señor auiendo visto esta ynformacion y autos fechos contra fray Luis Barroso
Religiosso y predicador de la orden de sancto Domingo en Razon del escandaloso ser
mon, que predico en el combento de ssanto Domingo desta ciudad lunes por la tarde que se con
taron primero dia deste pressente mes de henero, y la zensura en dicha Razon dada
por los doctores Alonso Muñoz cathedratico de prima jubilado en ssanta theulugia y thesorero
de la cathedral desta ciudad= Y Nicolas de la Torre canonigo de la Magistral della=
dixo que debia de declarar declaraba y declaro al dicho fray Luis Barrosso por yncurso en la
censura y excomunion puesta y establecida por una Bulla De la felice Recordacion
de Leon decimo que comienca superne (sic) disposicionis adbitrio= Contra los que predican
Doctrinas falssas y escandalossas y contra los prelados eclesiasticos= Y como tal excomulgado?
mandaba y mando sea puesto en la tablilla pribandole como le pribaba y pribo sus sseñorias?
Perpetuamente de la licencia que tiene de predicar en este arzobispado= Y desde luego
se la Rebocaba y Reboco Anulaba y Anulo y dio por ninguna y de ningun valor
y efecto y se le notifique no use della en manera alguna so las penas en que yn
curren y caen los que predican sin tener licencia= Y en lo demas de las doctrinas
que a predicado contrarias y sospechossas A nuestra santa fee catholica y ley evangelica, lo debia
de remitir remitia y remitió al santo officio de la ynquissición para que los señores
Della lo vean y probean lo que combenga al seruicio de Dios nuestro señor buen exemplo
y hedificación del pueblo cristiano y para ello se llebe a los dichos señores un tanto de esta
ynformación y autos signados y en pública forma, Y assí lo mandó y firmó el Arcobispo de México
Ante mi Gerónimo de Aguilar notario.
|