| page_0022Mercado, en los Reynos de Castilla, de edad de Veynte, y
trez años, quatro meses; hijo lexitimo de d[o]n. Fran[cis]co.
Ayala, y d[oñ]a. Catalina de las Eraz, Vecinos de d[ic]ha.
Villa: Y haviendole echo el Ynterrogatorio q[u]e. disponen
las Constituciones Municipales de esta s[an]ta. Prov[inci]a. no
respondio cossa en contra. Y para que conste lo firmé
con N.N[uestros]. H.H[ermanos]. Discretos; M[aes]tro. de Nobicios,
y recien professo; en el sobred[ic]ho. conv[en]to. dia, mes, y año
Fr[ay]. Ygnacio Muñoz
Guar[dia]n.
Fr[ay]. Mariano Zapata
Fr[ay]. Fran[cis]co. Vera
Pre[siden]te. y M[aest]ro. de No[vicio]s.
Fr[ay]. Juan Hep[olit]o. Mañan
Fr[ay]. Santigo Ayala
Fr[ay]. José Juan
de la Concepcion
Barros.
Profeso en
8 de diz[iembre]. de 788
De edad de
21a[ñ]os. 10 m[es]es. y 3 di[a]s.
496
Murio
En este conv[en]to. de Señor San J[ose]ph. de la Villa de Tacubaya,
a ocho diaz del mes de diciembre de mil setez[ient]os. ochenta y
ocho años; Yo Fr[ay]. Ygnacio Muñoz, P[ri]or. y Guard[ia]n. de este d[ic]ho conv[ent]o.
Junta la Comunid[a]d. como es costumbre, entre quatro y cinco
de la tarde, di la Profecion Solemne en el coro, p[ar]a. el Estado
de Lego, a Fr[ay]. Josse Juan de la Puriss[im]a. Concepc[ion]. de Barros;
Natur[a]l. de la Puebla; Hixo Lex[iti]mo. de d[o]n. Fran[cis]co. Xavier
de Barros de d[ic]ha. Ciud[a]d. Y de d[oñ]a. Maria J[ose]pha. Manzano
Originaria de la Ciud[a]d. de tlaxcala. Y haviendole echo
el Ynterrogatorio q[u]e. dispon[e]n. las Constituc[ion]es. Apost[oli]cas. y Municip[al]es. de
esta s[an]ta. Prov[inci]a. nada respondio en contra. Y p[ar]a. q[u]e. conste lo firme con N.N[uestros].
H.H[ermanos]. discretos; M[aes]tro. de Nob[ici]os. y nuebo Professo, en el d[ic]ho. conv[en]to. dia y añ[o.]
Fr[ay]. Ygnacio Muñoz
Guar[dia]n.
Fr[ay]. Mariano Zapata
Fr[ay]. Jose Joachin
de la Barrera
Fr[ay]. Antt[oni]o. Leyba
Pre[siden]te. y M[aes]tro. de Nov[icio]s.
Fr[ay]. Juan
Barros | page_0022Mercado, en los Reynos de Castilla, de edad de Veynte y
trez años, quatro meses; hijo lexitimo de d[o]n Fran[cis]co
Ayala, y d[oñ]a Catalina de las Eraz [Heras], Vecinos de d[ic]ha
Villa: Y haviendole echo el Interrogatorio q[u]e disponen
las Constituciones Municipales de esta s[an]ta Prov[inci]a no
respondio cossa en contra. Y para que conste lo firmé
con N. N. H. H Discretos; M[aes]tro de Nobicios,
y recien professo; en el sobred[ic]ho conv[en]to dia, mes, y año
Fr[ay] Ygnacio Muñoz Guar[dia]n
Fr[ay] Mariano Zapata
Fr[ay] Fran[cis]co Vera
? y M[aest]ro de No[vicio]s
Fr[ay] Santigo Ayala
Fr[ay] José Juan
de la Concepcion
Barros
Profeso en 8 de diz[iembre] de 788
De edad de
21a[ñ]os 10 m[es]es y 3 di[a]s
496
Mexico
En este conv[en]to de Señor San J[ose]ph de la Villa de Tacubaya
a ocho diaz del mes de diciembre de mil setez[ient]os ochenta y
ocho años; Yo Fr[ay] Ygnacio Muñoz, por y Guard[ia]n de este d[ic]ho conv[ent]o
Junta la Comunid[a]d como es costumbre, entre quatro y cinco
de la tarde, di la Profecion Solemne en el coro, p[ar]a el Estado
de Lego, a Fr[ay] Josse Juan de la Puriss[im]a Concepc[on] de Barros;
Natur[a]l de la Puebla; Hijo Lex[iti]mo de d[o]n Fran[cis]co Xavier
de Barros de d[ic]ha Ciud[a]d. Y de d[oñ]a Maria J[ose]pha Manzano
Originaria de la Ciud[a]d de Tlaxcala. Y haviendole echo
el Interrogatorio q[u]e dispon[e]n las Constituc[ion]es Apost[oli]cas y Municip[al]es de
esta s[an]ta Prov[inci]a nada respondio en contra. Y p[ar]a q[u]e conste lo firme con N.N.
H.H. discretos; M[aes]tro de nob[ici]os y nuebo Professo, en el d[ic]ho conv[en]to dia y año.
Fr[ay] Ygnacio Muñoz
Guar[dia]n
Fr[ay] Mariano Zapata
Fr[ay] Jose Joachin de la Barrera
Fr[ay] Antt[oni]o Leyba
P[ad]re y M[aes]tro de
Fr[ay] Juan Barrios |