| page_0015a ella provocandolas / o induziendolas con hechos
o palabras para actos torpes y deshonestos, sin
que prim[er]o. denuncien en el s[an]to. off[ici]o. de la Inq[uisici]on.
de los tales soliçitadores no pueden ser absuel=
tas por ningun confessor de qualquier condiçion
y qualidad que sea, porque no tienen facultad
[para ello attento que esta reservada la absolu[ci]on.]
[y si algunas que saben de este delicto han sido]
[absueltas sin que primero aya descargado su con=]
[cien[ci]a. en el s[ant]o. off[ici]o. de las tales soliçitaciones no]
[estan absueltas, y que assi les haje saber por]
[que no mueran excomulgadas y se condemnen]
y de como se aya hecho esta diligen[ci]a. nos avisara
con lo que della resultare, y su paresçer de lo que
convendria mas para atajar este cançer que
tanto de servi[ci]o. de Dios
puede aver
a causado [causar] y puede
causar para que todo visto se acuda al rem[edi]o
Gensr. a V[uestra]. r[everenci]a. ff[ec]ha Mex[i]co. 28 de febr[er]o.
de 1599, el licen[cia]do. don Al[ons]o. de Peralta,
Por m[anda]do. del s[an]to. off[ici]o. P[edr]o. de Mañozca | page_0015a ella provocandolas o induziendolas con hechos
o palabras para actos torpes y deshonestos, sin
que prim[er]o denuncien en el S[an]to off[ici]o de la Inq[uisici]on
de los tales solicitadores no puedan ser absuel
tas por ningun confessor de auqlquier condicion
y qualidad que sea, porque no tienen facultad
***para ello attento? que esta reservada la absolu[ci]on
y si algunas que saben de este delicto han sido
absueltas sin que primero aya descargado su con
cien[ci]a en el S[ant]o off[ici]o de las tales solicitaciones no
estan absueltas, y que assi les haga saber por
que no mueran excomulgadas y se condemnen,***
y de como se aya hecho desta diligen[ci]a, nos avisara
con lo que della resultase, y su parescer de lo que
convendria mas para atajar este cancer que
tanto deservi[ci]o? de Dios //puede aver // causado ***causa*** y puede
causar para que todo [visto?] se acuda al Ex[celenti[si]mo?]
Gener[al] al [..a?] [...?] Mex[i]co 28 de febrero
de 1599, el licen[cia]do Don Alo[nso] de Peralta,
Por m[anda]to del S[an]to off[ici]o [P[edr]o?] de [Man...?]
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