| page_0034y fuese d[ic]ho que se le haze saber que en el S[anc]to Of[ici]o de la Inq[uisición]
ay rela[ci]ón, que ella sabe lo que se le a preg[unta]do y que ella
tomó un
medio pliego de papel de la pared del aposento donde estava la d[ic]ha pers[on]a que assí renegó. Por
tanto, que por reveren[ci]a de Dios [mío que en] y de su gloriossa
y vendicta madre nuestra señora la virgen María recurra
su mem[ori]a y diga y confiesse verdad sin levantar assí
ni a otro falso testim[oni]o porque hazi[en]dolo assí descargara su
concien[ci]a y hará lo que debe y es obligada como cathólica y
fiel [cris]tiana.
Dexo escrivido lo que respondiere hacabada su
respuesta cerrar el examen desta manera
con lo cual cesso el d[ic]ho examen, haviendo-
sele leydo lo aprobó y firmó, y si no supiere fir-
mara por ella el d[ic]ho Sr Don de Sepúlveda. El cual
a de firmar aunque ella y qualquier testigo firme
Passo ante mi fulano nota[ri]o
que para ello y lo [aello] anexo y dependiensele
[damom] poder y comisión en forma y hecha la d[ic]ha
infor[maci]ón nos la embiara cerrada y sellada con esta
carta original para [beca]. Dios glo[ria] V[uestra] M[erced] R[e]a[l]
Méx[i]co 9 de Mayo 1600 El licen[cia]do don Alo[nso] de Pe-
ralta el licen[cia]do don Alo[nso] de Peralta, por mandado
del S[anc]to Of[ici]o. Pedro de Mañogra | page_0034 |