| page_0033Juramento del dicho Diego Ruyz
sin otra prueba ni averiguacion al
guna de la qual [le rrelebamos] =y para
que guardaremos pagaremos y cum
pliremos lo contenido en esta
escriptura lo [ypotecamos] y damos
en empeño del dicho obraje que an ssi
tenemos y posehemos en esta dicha
çiudad el dia de oy [cassas y aderente]
del y derecho y auçion de los yndios
que el dia de oy ay y de aqui adelante
viere y adquirieremos y los de la
vos quel dia de oy tenemos para todo
ello ni parte dello noto poder bender
ni trapassar a ninguna persona
ssopena que la benta y enajenaçion
que de otra manera se [pidiere] sea en
si ninguna y no valga y en virtud
deste empeño e hipoteca el dicho Die
go Ruyz lo pueda ssacar de la perssona
o perssonas en cuyo poder estuviere
y executar en todo ello y venderlo
y rematarlo no enbargante que no
este cumplida esta escriptura por
que el dia que estas pidieremos sse
entienda ser cumplida el plaso
por la qual y las demas pueda
ussar de su rrigor y por lo que faltare
vendido y rrematado en [rral] | page_0033Juramento del dicho Diego Reyes
sin otra prueba ni averiguacion al
guna de la qual [le rrecerbamos] y para
que guardaremos pagaremos y cum
plieremos lo contenido en esta
escriptura la [ypotecamos] y damos
en empeño del dicho obraje que an ssi
tenemos y posehemos en esta dicha
ciudad el dia de los [cassas y aderente]
del y de |