| frc_vol002_0610_a[Al margen superior izquierdo: línea diaginal]
me debiere y para que por mi y en mi
puedan beder y bendan quales
quier bienes ansi muebles como ra[...]
y los que yo tenga a quales quier person[as]
ansi de frado como de contado por
el precio o precios que les paresciere
y en razon de la venta de queales
quier bienes myos que ansi bendieren
puedan hayen y hagare ante quales
quier escribano las escripturas y de
mas recaudor que para su balida
cion se requieran y si la paga del
que ansi bendieren ni fuere de con
tado se puedan dar por entregado
della y en el dicho [...] remin
ciar las leyes de la entrega o
prueva de la paga como en ellos
se contiene que yo siendo por es suso
dichas ffechas y otorgadas yo deside
luego para entonces las [...]
o ratifico y me obligo destar o pasar
por ellas como suyo mysmo las hisiera
y otorgara siendo o resiente que para
todo ello cada una [...] dello
les de y este dicho poder con el [...]
administracion conesta cultad de
enga y [...] jurar es [...] [...]
[...] y sera el [...] de lo
que en [...] este dicho poder
fuere [...] [roto] xeguira | frc_vol002_0610_ame debere y para que por mi y en mi
puedame [...] y bendan quales
quienes ansi [...] como [...]
y los que yo tenga a quales quier person[a]
ansi le [...] como de compra por
el precio que precios que les paresca
y en razon de la venta de queales
quiere [...] myos que ansi [...]
puedan [...] [...] que queles
quier [...] las escripturas y le
[...] que para su [...]
[...] [...]quieran y si la paga del
que ansi [...] en fuere dean
[...] se puedan dar por entrega[...]
della y en el dicho [...] [...]
[...] [...]de la entrega
[...] de la paga como enellos
se contiene que yo [...]
[...] dichas y que tengalas yo [...]
luego para entonces [...]
en tanto fue [...] [...]
porellas como suyo mys [...]
y que tengan a [...] [...] que para
todo ello cada una [...] dello
les de y este dicho poder con el [...]
administracion conesta cultad de
enga y [...] jurar es [...] [...]
[...] y sera el [...] de lo
que en [...] este dicho poder
fuere [...] [roto] xeguira |