Comercio en la cuarta parte de lo que antes ha contribuido.
98 Que se lleve a la aduana la Grana se reconozca con distinción de ilegible defina y Silvestre y se cobre a la entrada con los demás ilegible el de alcabala a $4 a efecto de evitar los frecuentes fraudes que en perjuicio de las rentas ha habido en la introducción de gradas en Veracruz y de asegurar con la misma equidad Los reales y legible de estar se han de llevar en derechura a la aduana se reconocerán con exactitud y distinción los zurrones que fuesen defina y Silvestre y de unos y otros se han de cobrar como hasta aquí los impuestos que respectivamente contribuyen a su entrada y el ilegible de alcabala con el mismo beneficio de $4 de su legítimo valor pues es constante que todas las granas van venidas o se negocian en aquella ciudad y por defraudar este ramo se remiten a España encabeza de los primeros urea me tientes
99 Que el administrador tome
No sólo se ha casado este perjuicio