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N.º 69 REPUBLICA DE LA NUEVA GRANADA GOBERNACION DE LA PROVINCIA Neiva 19 de marzo de 1838 Al Señor Jefe politico del canton de la Plata
Habiendose propagado el pus vacuno en el distrito parroquial del Retiro es indispensable aprovechar esta favorable ocacion, para que este admirable preservativo sea llevado á los pueblos del canton que U. manda; i para verificarlo debe U. disponer que inmediata mente vayan al Retiro dos ó tres niños robustos á • que sean allí vacunados, i regresen en tiempo oportuno para que puedan hacerse cuantas inoculaciones se puedan; de tal modo que se difunda por todos los pueblos de ese canton. Para lograr el viaje de los niños debe U. promover una suscricion voluntaria entre los vecinos de esa Ciudad, sino se encuentra algun C.no que quiera hacer este servicio á la humanidad, traciendo los costos de ida i regreso de los vacunados. Lograda que sea la vacuna i asegu
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rado su desarrollo, U. debe hacer que se proceda de la misma manera indicada para trasmitirla á los demas pueblos; i hará que se observe puntualmente en todas sus partes, tanto por las juntas de sanidad como por los curas i vacunadores el reglamento que sobre la materia espedí el 6. de marzo del año procsimo pasado i que remití á esa Jefatura con la circular de la misma fecha, numero 17. Queda U. constituido en el deber de darme cuenta oportunamente del resultado que tenga este importante negocio.
Dios guarde a U. M.L.Alaris