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Miguel Ant[oni]o Chavarro, presente el dia 3. del mes venidero á las diez de la mañana á Visitacion Chavarro esclava que era de su propriedad. Sometida que fue esta propsicion del convim[ien]to de las demas miembros, fue aprovada, i se ordenó se oficiase pronto al alcalde. 4to A virtud de un denuncio que ha presentado oficialm[en]te el recaudador particular del rentas Manuel Salvador Carbajal del distrito de Calambas, sobre el fraude que se hace en los bienes que dejo el finado Felipe Chaca, se resolvio lo que sigue. Ordenese al tesorero parroquial del distrito de Calambas que que inmediatam[en]te promueva ante la autoridad correspondiente la formacion de Ynventarios de los bienes del finado Felipe Chaca á fin de asegurar en tiempo lo que corresponda á los fondos de manumicion, i llene cumplidam[en]te los deberes que he impone el art[ícul]o 12. de la ley de 22. de
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