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Miguel Ant[oni]o Chavarro, pre-
sente el dia 3. del mes venidero
á las diez de la mañana á Visi-
tacion Chavarro esclava que era
de su propriedad.
Sometida que fue esta prop-
sicion del convim[ien]to de las demas
miembros, fue aprovada, i se
ordenó se oficiase pronto al
alcalde.
4to A virtud de un denuncio
que ha presentado oficialm[en]te
el recaudador particular del
rentas Manuel Salvador Car-
bajal del distrito de Calambas,
sobre el fraude que se hace en
los bienes que dejo el fina-
do Felipe Chaca, se resolvio
lo que sigue.
Ordenese al tesorero parroquial
del distrito de Calambas que que
inmediatam[en]te promueva
ante la autoridad correspondi-
ente la formacion de Ynven-
tarios de los bienes del finado
Felipe Chaca á fin de asegu-
rar en tiempo lo que corres-
ponda á los fondos de manu-
micion, i llene cumplidam[en]te
los deberes que he impone el
art[ícul]o 12. de la ley de 22. de
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