Libro de Hijuelas del Distrito de Morelia, Núm. 13

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The book contains information on petitions presented by the indigenous people of Capula to sell their lands. It includes petitions, reports, and correspondence. The volume consists of 328 folios, which have been bound together and numbered. Requests to sell and subsequent decisions are loosely grouped together. The volume shows some deterioration, with some individual folios in poor condition.

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C.C. Hilario Tovar y demás signatarios del ocurso de 25 febrero último Capula De los informes recabados acerca de la solicitud presentada por U[ste]d[e]s. en 25 de Febrero próximo pasado, aparece que por disposición del C. Juez del Distrito se suspendió en la Prefectura la expedición de los títulos a que U[ste]d[e]s. se refieren y qué pretenden ahora Por tal virtud el se gobernaba se di__ a U[ste]d[e]s. qué tan pronto como el referido Juez de Distrito dicte el fallo que corresponde en el asunto, se resolverá lo que proceda. Lo digo a U[ste]d[e]s. como resultado de su referido ocurso __ Marzo 14 de 1907. J.M.GR. O.M.

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C. 1362 y 1363

La señora María Julia Aguilar, vecina de Capula está en quieta y pacífica posesión de dos terrenos de labor y orillas pasteles y montuosas que se encuentran situados entre medio de los cerros del Melón e Icuácato, teniendo el primero de dichos terrenos la extensión y linderos siguientes: por el Oriente, 180 metros y linda con terreno de Ireneo Guzmán; por el Poniente 164 metros y linda con terreno del rancho de Zanambo; por el Sur, 196 metros y linda con terreno de Santiago Medina y por el Norte, 163 métodos, lindando con terreno de la propiedad de Fernando Ayala. El segundo terreno mide por el Oriente, 214 metros y lin. da con terreno del C. Feliciano Villalobos, por el Poniente, 224 metros y linda con terreno de Miguel Landa; por el Sur, 165 metros y linda y linda con propiedad de Felipe Guzmán, y por el Norte 60 metros, lindando con terreno de

Gobernación Número 282 Informa sobre la solicitud de la señora María Julia Aguilar, vecina e indígena de Capula

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José Cruz Martínez Los dos terrenos así deslindados los posee la Señora Aguilar, como parcionera de la extinguida comunidad de indígenas del pueblo de Capula, el primero tiene capacidad como para 5 litros de semBradura de maíz y orillas pastales y montuosa y el segundo para 16 y también orillas pasteles y montuosa, representando ambos un valor aproximado de ochenta pesos cuya, cantidad no excederá de haber que podría corresponderle a la solicitante una vez verificado el reparto de tierras entre los demás parcioneros del pueblo de qué se trata, bajo el concepto de que no se tiene conocimiento que la referida Señora Aguilar, haya enagenado con autoridades otros bienes pertenecientes á los indígenas Lo que me honra de comunicar á usted por vía de informe y como contestación de oficio número 965 de la Sección

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3a de esa Secretaría fecha 23 de Febrero próximo anterior, devolvién do el ocurso de la peticionaria Libertad y Constitución. More lia marzo 11 de 1907 El prefecto Rafael Valencia C. Secretario de Gobierno Presente

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