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Viscaya, un Arzobispo, y cinco Obispos sufraga-
neos. En dicha Peninsula, se numeraron poco ha
mas de onze millones de almas, y entre otras, ex-
cemptas por estado, y oficio, que se incluyeron,
huvo esentas por hidalguia, setencientas veinte y dos
mil, doscientas noventa, y quatro, y en estos tres
referidos Reynos, dudo mucho que sus almas, con
las de los Yndios, lleguen a la quarta parte, y creo q[u]e
la de hidalgos, no llegue a la decima, si se atiende
al numero de bulas de la taza de un peso que
se expenden, y todos los Españoles deben sacar
mas que no sean hidalgos. Pero no obstante el
establecimiento de Yntendentes, y su instruccion
de el año de mil setencientos diez y ocho, permane-
cieron los Corregimientos y Alcaldias, y en los
articulos 7, y 8 de la de el año de mil setencientos
quarenta y nueve, expressamente se assienta, que
unos y otros estan dotados, y se dotaron compe-
tentemente, y se manda que se consulten por la
Camara.
En España hay Ayuntamientos: hay
mas de ciento y treinta Corregidores, Alcaldes
mayores proveidos por tres años. Los primeros
afianzan por las comissiones que le unen a su
empleo y encargos de el Consejo. Los segundos,
por las resultas de Accessores de rentas cuyo
cargo se unio al de Thenientes de aquellos, en

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