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prio asumpto esta pendiente como consta en este
Jusgado, para Cuio efecto y el de los ocursos que me
competan se ha de servir V[uestra]. m[erced]. de mandar se me
entregen estas diligencias Originales como tengo pe
dido: Y que se notifiquen a los demas la puntual asis
tencia a el trabajo apercibidos de que se procedera,
Y que de hecho se proceda a la aprehencion y Castigo
de los inobedientes en cuios terminos.
A V[uestra]. m[erced]. suplico se sirva de mandar hacer Y de
terminar en todo como llebo pedido, que es de
Justicia Juro en forma y en lo necesario etca.
=Testado = Hacienda y = no vale =
Pedro Ant[oni]o. Terreyro
Auto:
Y por mi Vista la hube por presentadas, y en su Consequencia se via
mandar y mandé, se ponga con las dilig[encia]s: de la materia, dandose
la Cuenta a el S[eño]r. Alc[ald]e. m[ay]or. como en ellas esta mandado, para
que en su Vista y de lo pedido por esta parte, determine lo
que Corresponda. Y por este auto asi lo provey y firme
con los testigos de mi asistencia=
Joseph de Mendoza
ass[istenci]a.
Ju[an]o. Cipriano
Palasios
Ass[istenci]a.
Juan Manuel Carabes
Auto:
En la villa de Yxtlahuaca en veinte, y quatro de Jullio de
mill setesientos sesenta, y nueve años: El D[octo]r. D[o]n. Damian
Rodrigo Abogado de los reales consejos, y Alcalde Mayor
por su Mag[esta]d. en ella, que Autuo por reseptoria con tes
tigos de asistencia a falta de escribano: Haviendo Visto
las Antecedentes Diligencias, con que me ha dado quenta

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