| page_0007lanzados, poniendoles fuego a sus casas
y que los carpinteros, y alarife que estavan
enttendiendo en d[ic]ha fabrica, se les notificas
no travajasen en ella so la pena de q[ue] serran
casttigados en dura prision, y no teniendo otro
fin, lo mandado, como es publico y notorio
y de suio manifiesto que embarazarme es por
pedirme la execusion de los preçeptos que tengo
de su ylus[trisi]ma fundados en el yndispuntta
ble d[e]r[ech]o que ttiene la mittra a la redificasion
de d[ic]ha parrochial, a V[uestra] m[erced]. pido y suplico man
de se modere y reforme d[ic]ho autto por lo q[ue]
seria a los tres dias asignados para que se
muden prolongado el tiempo termino asta
que se acave y perficione la fabrica asi por los
mu[ch]os. atrasos que de lo conttrario se me originan
como por la desedificasion que causa, y causara
al pueblo [cris]xptiano semejantte resolusion que
ablando con el devido respecto, no enttre ca
ttholicos, pero aun enttre herejes fuera repu
tada por barnara y que en el autto que se
proviere a este escritto espeçifique el ess[criva]no
el tribunal que manda lo referido, y el fin
y motivos de mandarlos para q[ue] su yllus[trísi]ma.
tenga yndividual notiçia de todo, y no se | page_0007lanzados, poniendoles fuego a sus casas
y sueltos carpinteros falarifo que estavan
entendiendo en d[ic]ha fubina, se les notificas
no travajasen en ella so la pena [ceg] serrano
castigados en dura prision y no teniendo otro
fin, lo mandado, como es publico y notorio
y [des] mio manifiesto fue embarazarme y no
pedirme la execusion [de] los preçeptos [deve] tengo
[de] su ilusttrisi]ma fundados en el Yndripuntta
ble dio fue niche la mittra a la --dificarion
de d[ic]ha parro--al a v[uestra] m[erced] pido y suplico man
de se modere y de firme d[ic]ho autto por lo que
mia a los tres días asignados para [hece] ser
miden prolongado el termino asta
que se acave y perficione la fabrica asi por los
muchos atrasos que de lo contrario se me ariginan
como por la desedificasion que causa, y causara
al pueblo crisptiano semejantte resolusion que
ablando con el devido rispecto, no enutre ca
[holuos], pero aun en en- re fieles fuera repu
tada privarnara y que en el autto ---- ser
proveiere a este escrito espeçifique ell-- no
el tribunal que manda lo referido y el fino
y motivos a mandarlos para que su ilus[trísi]ma
tenga yndividual notiçia al todo y no se |