los que los tres juzguen indispensables para estos gastos corrientes, y de la cantidad que sea la ha de formar cargo separado el contador que cotejado al fin de la semana con los pagamentos, se pondrá el sobrante en cajas con las demás cantidades que hayan producido las rentas y se le volverá a entregar la respectiva para la siguiente semana; pero en fin del mes han de quedar puntualidades a estos cargos con los pagamentos hechos y efectuado el reintegro a dichas cajas de lo que se verifique debe haber existente.
35 Que cuando ocurran mayores gastos, o algunos extraordinarios, y no alcance para ellos el caudal, que se dejo al tesorero, se saque el precio de las cajas con asistencia del administrador y contador.
Si por las ocurrencias de mayores gastos, o de algunos extraordinarios no alcanzaré a satisfacerlos el caudal que ha de quedar en poder de tesorero lo avisará al administrador y contador para que concurran con las llaves a sacar lo que falta y la cantidad que sea sea de aumentar al cargo provisional que se le haya formado aquella semana.