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que dichos ponton y ganguiles causan a la real hacienda.
62 Que no se permita que hayan lanchas ni botes de las embarcaciones a la isla de sacrificios ni a las inmediatas y que en la primera se construye una garita
Por [ilegible] informes y hechos bien justificados consta haberse pasado fraudulentamente muchos géneros y efectos de las embarcaciones [ilegible] en el puerto a la isla de sacrificios y las dos contiguas por estar de ciertas y tan inmediatas a la costa que desecha se introducen fácilmente en Veracruz y a fin de evitar estos considerables daños a los intereses reales se prohíbe que vayan a las Islas barcos lanchas botes ni [ilegible] aunque sean de los bareles de guerra y a este fin se continuará una garita en sacrificio y pondrán en ella dos guardas que a todas horas y alternativamente sirvan de vigias debiendo los mudar y le ministrador cada segundo o tercer día y también se dará [ilegible] para que la centinela que se pone en el caballero alto del castillo de senor Juan de Ulúa avise de los que vayan a dicha isla o las inmediatas y se
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