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según se prevendrá en esta instrucción observándose lo mismo con los denunciadores aunque sea de los empleados y que tenga sueldo de las rentas.
Obligaciones del escribano de registros y Real Hacienda
42 Que el escribano de registros y Hacienda cumpla con las obligaciones de su oficio y tenga protocolos con la formalidad debida
El escribano de registros y Real Hacienda nombrado en el auto proveído en los de visita tendrá particular cuidado en desempeñar con exactitud y pureza las obligaciones de su oficio, especialmente la formar la de formar y llevar protocolos de todas las escrituras obligaciones y cartas de pago que se ortoguen pertenecientes a la escribanía de Real Hacienda pues el descuido y omisión que ha habido hasta ahora en tan importante asunto piden que en lo sucesivo se remite con la atención que merece, y no se tolere la más leve falta que se castigará con todo rigor a fin de que allá en aquel oficio
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