su trabajo y confianza.
10 Que para obviar el que no se beneficie ni se extraiga la sal en las dos costas con la colaterales hasta Mazatlán y Colima se imponga este cuidado a los guardas de tabaco y además nombre el referido administrador los que fuesen y precios en los tiempos oportunos para evitar el contrabando y extravío de la sal con los sueldos y gratificaciones que regulares justas y proporcionadas.
11 Que para el beneficio de la pesca que se hace en una y otra de las referidas costas se de la sal a los pescadores con la rebaja de una tercia parte del precio de la que se sacase en esa Salinas o en otras donde se beneficie de cuenta de la Real Hacienda.
12 Que las que del producto de estas rentas se han de satisfacer los salarios y soldados de los oficiales y gente de mar que sirvan en las embarcaciones de Su Majestad sus gastos de recorridas y ajenas los del artillero, puerto y