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[Cirsmón gráfico] En 25, testigo sin perjuio
Gomes de Guisamo Juan marido de Beltran Catalina
hija y unibersal heredera de de Beltran Alonso
y de Becerra Elbira difunctos poseedor legitimo que
soy de las tierras a mi pedimento executados por
bienes de Perez Maldonado Diego ypotecados a la dev
da que de los procedido de la benta dellas era deu
dor a la dicha mi muger como tal herederos y a mi
en su nombre rrespondiendo aun escrito presenta
do por de Campos Guerrero Andres en nombre de Nabarrete Francisco
vecino desta jurisdiccion en que queriendo se mos
trar parte por los herederos de Lato Juan de Dios di
difuncto y saliendo a la defensa de ciertas tierras que
dicen las bedio a que a sido llamado diciendo ser las
qie en birtud de la dicha execusion sentencia de rremate y
ultimo rremate hago dellas poseo contradiçe la dicha
posesion y pide anparo en los juisios dichos herederos di
çe tenian als dichas tierras y como cosa que les perte
neçe hace cierto modo de oposicion en el modo que
en el dicho su escrito se contiene cuyo tenor abido aqui
por rrepetido y sin que se entienda que ser hacer al
go lo que en si el ninguno. Digo que son embargo de lo dicho
y algado por parte del dicho Francisco Nabarrete vuestra merced a
y deve de hazer ser ninguna y de ningun fundamento
la dicha contradiccion que pretendio hacer la dicha mi
posesion y haga si tengo aprendido de las dichas tierras
executadas y rrematadas ser juridica epresion
do deste juycio al susp dicho mandandole con grabes pe
nas no me ynquiete ni perturbe en ella por todo lo
que en mi fabor hace general y siguiente.
Lo otro porque la dicha contradiçion no es hecha por.

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