| page_0013en 18 de Agosto
Bernave de Cardenas Curador ad littes de Francisco de los Santos y Feli
pe de Santiago mulatos en los Autos Con Doña Getrudis Muños de
Morales Viuda del Alferes Alonso Sanchez Picasso Vezino y labra
dor que fue de la JuriSdiccion de esta Ciudad sobre que les de y otorgue
Carta de liberta pagandole el precio de Su Serbidumbre a tassacion
de ella presupuesto Su Escito presentado en trese dias de este pressente
mes y año de que Se me mando dar traslado y a el respondiendo
en La meJor forma de derecho : Digo que Sin embargo Se a de hazer Como
ttengo pedido a foxas 7 que reprodusgo y assi Se deve determinar
por lo faborable de derecho y que Resulta de los Autos = Y por que
aunque de contrario Se contradize dicha Libertad y procura esfor
Sar y fundar en algunas doctrinas que por distantes (o son estrañas
de esta Controberssia) Se hace prettermitiendo La Satisfaccion de
documentos y deSiciones testuales del derecho Comun en que se Justifica
el beneficio de la manumission o libertad pues Conçiderado el
natrural primario que segun Su naturalesa Sin diferencia de ca
lidades Constituye Libres y nos sujetos a ajena Voluntad ni potestad
a todos Los hombres entrando La equidad por el natural secun
dario o de las Gentes obrando el mayor daño Como el de la perdida
de la Vida en las Guerras olides permitio y dispusso el del Capti
berio opresura entre los Guerreros por menor daño con respecto
al primero y con este se yntroduJo La Servidumbre Sin que Se
reconosca adbierta ni rejistre otro origen; en la General diferen
sia de Serlo propriamente Captivos Esclavos Los priçioneros o
apresado el Guerra Justa y no Serlo al contrario en la Guerra
ynjusta porque sSempre estos Gozan de la Libertad conforme
al primario derecho: nattural y en este supuesto, ynnegable, Se
puede discurrir y Conçiderar Lo privilegiado etcetera. estimasion
de la libertad que siendolo medio de Sacar de ajena potestad | page_0013Bernave de Cardenas Curador ad littes de Francisco de los Santos y Feli
pe de Santiago mulatos en los Autos Con Doña Getrudis Muños de
Morales Viuda del Alferes Alonso Sanchez Picasso Vezino y labra
dor que fue de la JuriSdiccion de esta Ciudad sobre que les de y otorgue
Carta de libertadpagandole el precio de Su Serbidumbre a tassacion
de ella preSupuesto Su Eritopresentado en trese dias de este pressente
mes y añode que Se me mando dar traslado y a e el reSpondiendo
en La meJor forma de derecho : Digo que Sin embargo Sea de hazer Como
tengo pedido a foxas que reprodusgo y assi Se deve determinar
por lo faborable de derecho y que Resulya de los Autos = Y por que
aunque de contrario Se contradizedicha Libertad y procura esfor
Sar y fundar en algunas doctrinas que por distantes Co son estrañas
de esta Controberssiay Se hace prettermitiendo La Satisfaccion de
documentos y deSiciones testuales del derecho Comun en que se Justifica
el beneficio de la manumiSSion o libertal pues Conciderado el
natrural primario que Segun Su naturalesa Sin diferencia de ca
lidades ConStruyeLibres y nos sujetos a aJena Voluntad ni potestad
a todos Los hombresentrando La equidad por el natural Secun
dario o delas Gentes obrando el mayor daño Como el de la perdida
de la Vida en las Guerras lides permitio y difusso el del Capti
berio o presura entre los Guerreros por menos daño con respecto
al prisionero y con este seyntroduJo La ServidumbreSin que Se
reconosca adbierta ni reJistre otro origenen la General diferen
si a de Serlo propriamente Captivo Esclavos Los pricioneros o
apresado el Guerra Justa y no Serlo al contrario en la Guerra
ynJusta porque siempre estos Gozan de la Libertad conforme
al primario derecho : nattural y en este Supuesto unnegable Se
puede diScurrir y Conciderar Lo privilegiado estima |