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[rúbrica]
y rectificamos y nos
obligamos a su cumplimien
to como por sentençia di
finitiva pasada en cossa
jusgada rrenunçiamos leyes
de nuestro fabor y la general
y nuestro fuero y juridiçion
y la ley y su conbeniente de juri
diçiones y nos sometemos
con nuestras perssonas
y bienes que para ello obli
gamos al fuero de las jus
tiçias de Mexico y les damos
poder el que se rrequiere
para su cumplimiento
yo la dicha Doña Francisca
Negrete
rrenunçio las leyes
de toda partida y las de
mas que faboresen el dere
cho de las mugeres y les
proybe el obligarse con sus
maridos a sus [verdad]
de que suya persebida
y juro en forma de [derecho]
que contra esta escritura

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