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HugoZ at Oct 27, 2020 10:36 AM

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MARGEN SUPERIOR CENTRO: Crismón gráfico DERECHA: Tutela SUBRAYADO. TACHADO: 13
En la ciudad de Cholula en veinte y cinco
Octubre de myll y seiscientos dies y seis años ante my el escribano DERECHA: a lápiz 150, en tinta 11
[y...?] María de la Paz biuda [...?] [y entrego esta?]
[peticion?] para que le sea [a...?] de [dicho] [...?]
e pide lo en ella contenido.
CENTRO: Ante mí Joan Franco
CENTRO: Escribano publico
María de la Paz viuda de Andrés Martín labrador di
funto y vecina desta jurisdiçion desta ciudad y albasea testamen
taria del susodicho digo que durante el matrimonio de entre
mi y el susodicho hubimos y proqueamos por nuestros hijos li
jitimos a Diego Martín que sera de hedad de dies años y a María de
hedad de seis y a Magdalena de hedad de tres años y a mi como su
madre lexitima me conpete el ser tutora y curadora de
sus personas y bienes Por lo qual [TESTADO]
A su merced suplico me aya por nonbrada por tal tutora
y curadora de sus personas y bienes que yo estoy presta
de aser el juramento que en tal caso se requiere y dar la
fiança y pido justicia y en lo nesesario et cetera

En la ciudad Cholula en veinte y çinco dias
del mes de octubre de myll y seiscientos y dies
y seis años ante Fernando Calderón de Vargas
corregidor desta suidad por su magestad [...?] esta peticion
e por el dicho corregidor estando [...?] otrorga el
testamento [...] y [que?] por el esta [...?] la dicha María
de la Paz mujer ligitima del dicho Andrés Martín

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