| 71Poder
sepan quantos esta carta vieren como yo andres Lo
pez vezino de esta ciudad de cholula de esta Nueva España otorgo e conozco por esta carta que
doy mi poder cumplido qual de derecho se rrequiere
y mas puede y deve valer a miguel gallardo vezino del
pueblo de queretaro presente espeçialmente para
que por mi y en mi nombre rresçiua y cobre de Juan Lopez mi
hijo rresidente en las minas del palmar donde es
vezino y minero de los bienes mios que alla tubiere en
qualquier manera o plata que obiere sacado de mis
minas cantidad de çinquenta pesos de oro comun mas
o menos lo que yo pareçiere deverle por escritura de o
bligaçion que contra mi tiene como çisonario que es de
Juan de Pedrica vezino de san luis y de el rresçiuo de cartas
de pago costo y finiquito y valgan como si yo las
diese siendo presente en raçon de la cobrança haga
ante quales quien justaisia y juezes de su magestad de qualesquier
partes que sean [arriba de rengón] los diezen a un como en su derecho
los tome para si para pago del a dicha can
tidad de paso
que pasandole el dihco mi hijo que
y entregue un bestido
ni que gallardo una ropi
lla del
morado
y unos calçones e presado
traidos con una
de castilla al
traido uno
ni que gallardo retenga En
si el dicho bestido y lo venda al por
el que halla y su proçedido tome
Para En quenta de ladicha deuda y lo
pago en la cuya
se requiere para cuya | 71Poder
sepan quantos esta carta vieren como yo andres Lo
pez vezino de esta ciudad de cholula de esta Nueva España otorgo e conozco por esta carta que
doy mi poder cumplido qual de derecho se rrequiere
y mas puede y deve valer a miguel gallardo vezino del
pueblo de queretaro presente espeçialmente para
que por mi y en mi nombre rreçiua y cobre de Juan Lopez mi
hijo rresidente en las minas del palmar donde es
vezino y minero de los bienes mios que alla tubiere en
qualquier manera o plata que obiere sacado de mis
minas cantidad de çinquenta pesos de oro comun mas
o menos lo que yo pareçiere deverle por escritura de o
bligaçion que contra mi tiene como çisonario que es de
Juan de Pedrica vezino de san luis y de el rresçiuo de cartas
de pago auto finiquito y valgan como si yo las
diese siendo presente emirçicon de la cobrança haga
ante quales quien justa y de quales quien
que sean como en su derecho
los tome para si para pago del a dicha can
tidad de paso
que pasandole el dihco mi hijo que
y entregue un bestido
ni que gallardo una ropi
lla del
morado
y unos calçones e presado
traidos con una
de castilla al
traido uno
ni que gallardo retenga En
si el dicho bestido y lo venda al por
el que halla y su proçedido tome
Para En quenta de ladicha deuda y lo
pago en la cuya
se requiere para cuya |