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[AL MARGEN SUPERIOR DERECHA: Prosigue la particion]
[AL MARGEN SUPERIOR DERECHA: En tinta 72]

DERECHA: Por la de en contra U 900 pesos GUIÓN; en lápiz 217
CENTRO: Aportase las arras de
CENTRO: la dicha biuda:
En la dicha clausula 20 dice
El dicho difunto le dono en arras
proternuncias a la dicha biuda
en trecientos pesos de oro comun y para
saber si se los pudo mandar o que par
te se le puede dar se hace la decla
rasion siguiente / En la
clausula 19 del dicho testamento
declaro el dicho difunto que quando
murio la dicha su primera mujer
tenia la dicha estancia de labor
que se Remato en almoneda co
mo queda dicho en el cargo de los al
baceas y otros bienes muebles que
todo habia quatro mill pesos y que
de ellos declaro en la dicha clausu
la le dio a la dicha Ysabel Martín
[RENGLÓN TESTADO]
[AL MARGEN INFERIOR DERECHA: U 900 pesos GUIÓN]

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HugoZ

sic: proter nuncias: propter nupcias (término lergal; por causa o en razón del matrimonio)