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Status: Needs Review

a Antonio de Piña su compadre y Maria de la
Paz su mujer y a Pedro Gonçales Calderon con poder
in solidum a cada uno para que puedan administrar
bender en almoneda O fuera de ella todos sus bienes [LÍNEA DIAGONAL]
en el dicho su codicillo mando el dicho difunto a la
dicha su mujer todos los bienes muebles que tuviese hasta
el dia de su fallesimiento [LÍNEA DIAGONAL] Y en la foja novena de los
autos el dicho Antonio de Piña Unos de los albaceas
del dicho difunto presenta petición ante Fernando Cal
deron bargas correjidor de la dicha ciudad de Cholu
la por su Majestad en cinco de otubre de 1616 años por la
qual pidio que por quanto el dicho difunto avia dejado
Una estancia de labor y que avia en ella bienes de que hacer
ymbentario nombrase persona que con el dicho escribano
lo fuese a hacer y el dicho correjidor nombro a marcos
goncales su teniente para que en compania del dicho
escribano fuese y lo hiciese que se hico como lo pidio el dicho
albacea y el dicho ymbentario esta desde la foja novena de
los autos hasta la onceava de ellos y en la 13 la dicha biuda
pidio al dicho correjidor que pues conforme a derecho
era tutora ligitima de sus hijos menores le dissirniesse
[RENGLÓN TESTADO]

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