frc_vol004_0214_a

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Merced at Jun 25, 2020 11:48 PM

frc_vol004_0214_a

[Al margen superior al centro: crismón gráfico]
y el otorgante yo el escribano doy ffe que conosco
lo firmo de su nombre siendo testigo Garcia Cabecas
y Francisco Melgar y Agustin de Sierra vecinos
desta ciudad
Juan Arrias [rúbrica]
Ante my
Joan Franco
Escribano publico [rúbrica]

Sepan quantos esta carta bieren como
yo Melchior Alvarez vecino desta ciudadde Cholula
otorgo y conosco por esta carta que devo
y me obligo de pagar a Cristobal de Car
mona vecino desta ciudad de Cholula o a quien
su poder oviere ciento y quatro pesos
de oro comun los quales le debo y son
por rrazon de tres bestias mulares los
dos machos y una henbra e yerros con el
yerro del margen que del susodicho rre
civi conpradas en la dicha cantida y esten
en my poder realmente y con effecto y euvizion
de la entrega que de presente no parte remito
las leyes de la entrega e prueva de la
paga como en ellas se conviene los quales dichos
ciento quatro pesos del dicho oro le dare
y pagare en esta ciudad o en otra qual
quier parte que me ffueren pedidos

frc_vol004_0214_a

[Al margen superior al centro: crismón gráfico]
y el otorgante yo el escribano doy ffe que conosco
lo firmo de su nombre siendo testigo Garcia Cabecas
y Francisco Melgar y Agustin de Sierra vecinos
desta ciudad
Juan Arrias [rúbrica]
Ante my
Joan Franco
Escribano publico [rúbrica]

Sepan quantos esta carta bieren como
yo Melchior Alvarez vecino desta ciudadde Cholula
otorgo y conosco por esta carta que devo
y me obligo de pagar a Cristobal de Car
mona vecino desta ciudad de Cholula o a quien
su poder oviere ciento y quatro pesos
de oro comun los quales le debo y son
por rrazon de tres bestias mulares los
dos machos y una henbra e yerros con el
yerro del margen que del susodicho rre
civi conpradas en la dicha cantida y esten
en my poder realmente y con effecto y euvizion
de la entrega que de presente no parte remito
las leyes de la entrega e prueva de la
paga como en ellas se conviene los quales dichos
ciento quatro pesos del dicho oro le dare
y pagare en esta ciudad o en otra qual
quier parte que me ffueren pedidos