frc_vol004_0217_b
Facsimile
Transcription
[Al margen superior al centro: crismón gráfico]
[Al margen superior derecho, en lápiz] 217
[Al margen superior derecho tinta] 44
avido y por aver y damos poder cunplido
a todas y quales quier justicias de su magestad
de qualesquier parte que sean y en es
pecial a las desta dicha ciudad para que
nos conpelan al cumplimiento de lo que dicho es
como por setencia pasada en cosa jus
gada en rrenunciamos leyes de nuestro fabor
con la general de el derecho en testimonio de
lo qual otrogamos la presente ante
el escribano publoxo y testigos que es feccha en la
ciudad de Cholula en onse dias del mes
de julio de myll seiscientos y sinco años
y los otorgantes que yo el escribano publico
doy ffee que conosco lo firmaron de sus non
bres siendo testigos Juan de Medina
Agustin de Sierra y Gabriel de Medina
vecinos desta ciudad
Juan de Molina [ rúbrica] Alonso molina [ rúbrica]
Ante my
Joan Franco
Escribano publico [rúbrica]
Sepan quantos esta carta bieren
como yo Alonso de Molina vecino y mercader
desta ciudad de Cholula otorgo y co
nosco por esta carta que debo y me
obligo de dar y pagar a Juan Morillo vecino
desta ciudad o a quien su poder ubiere
quareo myll dusientos y ochenta y un
pesos y quatro tomines de oro comun los qua
les le debo y son por rracon de alcanse
qu dellos me yso de conpañia que
Notes and Questions
Nobody has written a note for this page yet
Please sign in to write a note for this page