frc_vol004_0186_b

OverviewTranscribeVersionsHelp

Facsimile

Transcription

Status: Complete

[Al margen superior al centro: crismón gráfico]
[Al margen superior derecho tinta] 13
[Al margen superior derecho, en lápiz] 186
mente a las desta ciudad a
cuyo fueron y jurisdiccion rrenunciando el suyo
propio se sometio para la pre
myen al cumplimientos de lo que el dicho es co
mo por sentencia pasada en cosa jus
gada rrenuncio leyes de su fabor con
la general de el derecho y el otorgante
que yo el escrbano doy ffee que conosco lo
firmo con el dicho corregidor que para va
lidacion desta escritura ynterpuso
en ella su autoridad y decretro judicial
y condeno a las partes esten por lo
en ella contenido siendo testigos Gaspar de
Villalobosy Thomas de los Reyes y
FRancisco [Molgado] vecinos desta ciudad
[...] fuese a perdona
le halla [...[ abonada en quien ente sguro
y vien pasado con que antes b
balga
[Gaspas de Villalobos] Geronimo Gutierrez
Guesca
ante my
Alocos Davila
escribano.
[Al margen derecho] Poder de Antonio de Ocon a don Diego de Bolaños
En la ciudad de Cholula en veinte y seis dias
del mes de febrero de mylly seiscientos y sin
co aos ante Garcia Caecal teniente de Gabriel
de Chaves corregidor por su magestad en esta ciudad
y de mi el escribano nombrado y jurado segun derecho y de los
testicos susoescritos parecio Antono de Ocon
vecino desta ciudad que doy ffe que conosco y co
mo tutor y surador que es de las personas y
viens de don Diego de Bolaños y Doña Ma

Notes and Questions

Nobody has written a note for this page yet

Please sign in to write a note for this page