frc_vol004_0123_b

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Mariana14 at Jun 01, 2020 04:58 PM

frc_vol004_0123_b

[O]ff[ici]o

en el nombre de dios todo poderoso curador de
sielo y tierra sepan los que tal vieren como
[en] la ciudad de Cholula a nueve de o[c]tubre año
de myll y seiscientos y sinco a[n]te P[edr]o de Arrazola
como ramo teniente por su mag[esta]d y de my el escriv[an]o mando
y jurado y t[estig]os parecio Maria de Leon mujer
legitima de Ju[an] Murillo v[e]z[in]a de [e]sta d[ic]ha ciudad y es
tando enferma y en su libre entendimiento
y por que la aseleracion de la d[ic]ha su enfer
medad no le puedan lugar ordenar su testa
m[en]to dispusiendo lo que a su conciencia conviene
quiere y es su voluntad que si nu[estr]o señor fuere
servido de llevarla su cuerpo sea sepultado
en el conv[en]to de san Gabriel de [e]sta d[ic]ha ciudad con el
abito del Señor San Fran[cis]co la sepultura
que para ello tiene y en la mas bastante for
ma que de d[e]r[ech]o si qualquiera de su poder cumplio
al d[ic]ho J[uan] Murillo su marido y a J[uan] de Medina
y al j[uez] guardian fr[ay] J[uan] de Lascano de la orden
del S[eño]r San Fran[cis]co y a todos tres para que jun
tos agan y ereden su testam[en]to y pos tri
ma voluntad segun y de la forma y ma
nera que lo tiene comunicado para cumplir
y pagar las mandas y legados que en el d[ic]ho testa
m[en]to por las d[ic]has comisarias fuere dispuesto
los nonbra por sus alvaseas para que
todos tres y cada uno ynsolidun acudan al aso
del d[ic]ho cargo que pare el d[ic]ho efeto les dio po
der tan cumplido y bastante como
ello lo ay tiene conpliere y general mi
nistracions y cumplido y pagado el d[ic]ho su
testam[en]to que asi fuer f[ech]o y otorgado por
los d[ic]hos sus comysarios y alvaseas de el
rremaniente del tercio y quinto de mas
vienes que le pueden perteneser conforme a
d[e]r[ech]o deja y nonbra por sus unibersales
herederos de todos ellos a J[uan] Murillo de Leon
y a Melchor de Leon a Ju[an]a de Villa Nuvia Isabel

frc_vol004_0123_b

[O]ff[ici]o

en el nombre de dios todo poderoso curador de
sielo y tierra sepan los que tal vieren como
[en] la ciudad de Cholula a nueve de o[c]tubre año
de myll y seiscientos y sinco a[n]te P[edr]o de Arrazola
como ramo teniente por su mag[esta]d y de my el escriv[an]o mando
y jurado y t[estig]os parecio Maria de Leon mujer
legitima de Ju[an] Murillo v[e]z[in]a de [e]sta d[ic]ha ciudad y es
tando enferma y en su libre entendimiento
y por que la aseleracion de la d[ic]ha su enfer
medad no le puedan lugar ordenar su testa
m[en]to dispusiendo lo que a su conciencia conviene
quiere y es su voluntad que si nu[estr]o señor fuere
servido de llevarla su cuerpo sea sepultado
en el conv[en]to de san Gabriel de [e]sta d[ic]ha ciudad con el