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Testamento de Martín Larios En el nonvre de la santisima trinidad padre hijo e spiritu santo tres personas y un solo dios verdadero sepan quantos esta carta vieren como yo martin larios vezino desta zivdad de cholula natural que soy de la ciudad de guatemala hijo legítimo de Alonso Larios y de Catalina lorenco su muger vecina de la dicha ciudad estando como estoy enffermo del cuerpo y sano de la volun tad y en mi juizio y entendimiento tal qual dios nuestro señor ffue servido de me dar y creyendo como verdaderamente creo en el misterio de la santisima tri nidad y en todo aquello que cre y con ffiesa la santisima iglesia catolica romana debajo de cuya crehençia pro testo bibir y morir y tomado por mi abo gada a la gloriosa birgen maria señora nuestra abogada nuestra a quien pido rruegue a dios por mi anima la ponga en carrera de sal baçion y a los bien abenturados santos de la corte del çielo y tenyendome de la muerte ques cosa natural hago y or deno mi testamento en la forma seguiente Primeramente enconyendo mi anima a dios nuestro señor que la crio y rredinyo por su pre çiosa sangre del cuerpo a la tierra de do ffue formado el qual quiero que sea sepul tado en la iglesia de san gabriel de esta zivdad de cholula en la plana del altar de san diego o donde al padre guardian mandare yten mando que si dios ffuere servido de me llebar de la enffermedad que al presente
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tengo si fuere otra se me diga una nysa de cuerpo presente y si no otro dia siguiente se me diga [línea de cancelación] Yten mado a las mandas fforçosas y acos tumbradas a cada una de ellas dos rreales con que las aparto de mys bienes Yten mando que se digan por mi anima cuarenta y seis resadas las quales se digan por mi anima y las de mis padres y animas de purgatorio y por algunas personas a quien yo tenga obligaçion Yten declaro que soy deudor a un portuguez que no se como se llama lo que paresçiere por una escriptura que tiene contra my Yten declaro que tengo por mys bienes las rropas de my estado y no esta cosa de clarolo por descargo de mi conçiençia Yten declaro que no me debe ninguna persona cosa ninguna ni yo devo mas de lo declarado [línea de cancelación] Para cunplir e pagan este mi testamento y las mandas en el contenidos dejo y nonvro por mi albacea a Juan de Padilla mi yerno al cual encargo acuda a hazer bien por mi anima y benda mys bienes para cumplir este mi testamento lo en el contenido al qual doy poder en forma para que los benda y lo cumpla [línea de cancelación] Y [tachado] cumplido y pagado este mi testamento y lo en el contenido en el rreanyente que quedare de mys bienes dejo y nonvro por nys herederos a doña Inés Larios y doña ana Larios y Agusrín Larios y dona Juana Larios y a Jerónimo Larios de la orden de La merced mys hijos los quales ayem y here den mi hazienda por iguales partes
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y rreboco y anulo estos qualesquier testamentos mandas y codiçilios que aya ffecho antes deeste los quales quiero que no valgan ni hagan ffe en juyzio ni ffuera salvo este el qual quiero que valga por mi testamento y utltima voluntad en aquella via y forma que aya lugar de derecho en testimonyo de lo qual otorgue el presente ante escrivano y testigos es fecho en la zivdad de cholula en seis dias del mes de henero de nyll y seisçientos dos años y el otorgante que yo el escrivano doi ffe que conozco no ffirno por no poder a su rruego lo firno un testigo siendo Luis de alarcon y Blas de Albarrazin [tachado] Francisco Romero y Lorenzo de Vera vezinos de esta ziudad va testado reboco no vala y tiera / me vala [línea de cancelación] a rruegopor testigo Luis de alarcon [rúbrica] Por testigo Blas de Albarrazin [rúbrica] Por testigo Lorenzo de Vera [rúbrica] Por testigo Franciasco Romero [rúbrica] Paso ante my Joan Franco [rúbrica]
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Poder de Juan Romero Cordero a José Caro sepan quantos esta carta vieren como yo Juan Romero Cordero vezino de esta ziudad de cholula otorgo y concedo por esta carta que doy otorgo todo my poder cumplydo qual de derecho se rrequiere [...] e sano agase de derecho se rrequiere y es neçesario a José Caro y a Bartolomé Sánchez vezinos de esta zivdad y a qualquier de ellos por si ynsolidun generalmente para en todos mys pleytos causas çebiles y criminales movidos e por mover que yo oy tengo con qualesquier personas y lo estuvo contra mi los an o esperan aver y tener en qualquier manera ansien se mandan o como deffendiendo y para que poda [...] y es[...] cualesquier maravedis pesos de que no se las es haver mercadurias de negociaciones y estos qualesquier bienes [...] y muebles que me devan y debieren [...] por obligaciones conceciones traspasos demas cuentas debiero o en esta cualquier manera [...] que nesseci bienales y cobrenseles todas mys [...] cartas de pago y ffiniquitos gasto que convengan y valgan como si yo las diese presente siendo y en rrazon de los [...] toda mys parescer ante magestad y ante [...] los pre sidentes y regidores de las rreales audiencias y ante cualesquier alcaldes juezes escribanos eclesiasticas y seglares de cualesquier fe que sean [...] cualesquier de las podas [...] demandan responder defender negar y co[...] pedir rrequerir que[...] y afrontan y pro testan testimonio piden y toman para de [...] de las [...] poder [...] [...] en mi anima cualesquier juramentos de verdad que an y los de ffe[...] en las [...] con que[...] y paradan y presentan cualesquier cartas de [...]