frc_vol002_0629_a
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Transcription
[Al margen izquierdo]
Obligación de Luis
de Carmona
Officio a que
Antolin Rodriguez
Sepan quantos esta carta vieren como yo
Antolin Rodriguez vezino de la ciudad de Gue
jozingo presente en esta de Cholula digo que
por quanto eoy dia de la fecha de esta carta
ante parte escrivano Luis de Carmona vezino de la
dicha ciudad me bendio unas casas conta
dos los solares que ay e la dicha quadra
que a comprado de diferentes yndios
de las escritura de la venta consta y parecio
a que me rrefiero y por que en ella se da
por contento y pagado de toda la dicha
cantidad que son seiscientos y cincuenta
pesos la verdad es que no le e dado e pagado
mas de tan solamente ducientos
y cincuenta pesos y el resto debiendo de es
tas dichas casas quatrocientos pesos de oro
comun los quales me tengo de obligar de
pagar a Hernando de Carmona hermano del dicho
Luis de Carmona con mas setenta pesos de
oro comun de cosas que conpre al dicho Luis de
Carmona de aderentes de casas que pose
todos son quatrocientos y setenta pesos
de oro comun y poniendolo en efecto
otorgo y conozco por esta carta que devo
y me obligo de dar y pagar al dicho Hernando
de Carmona en el dicho nonbre o a quien su
poder uviere los dichos quatrocientos
y setenta pesos del dicho oro las cuales
le devo y son por la dicha rrazon y rrenuncio el
poder decir y alegar que lo susodicho
no fue ni paso ansi y si lo dijere y ale
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