frc_vol002_0414_b

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Mariana14 at Feb 03, 2021 11:33 AM

frc_vol002_0414_b

[Al margen superior derecho, tachado] 272
[Al margen superior derecho, tachado] 26
[Al margen superior derecho] 26
[Al margen superior derecho, a lápiz] 413

[A la izquierda]Y bienes avidos e por a ver y a nosotros
[A la izquierda]poder a las justicias de su magestad de quales
quier partes que sean para que nos compelan
al cumplimiento de lo que dicho es como por sentencia
pasada en cosa juzgada e rrenuncio de las leyes de
mi favor con la general del derecho fecha en la
ciudad de Cholula a treinta dias
del mes de julio de seiscientos
y dos años y los otorgantes que yo el escrivano doy ffe que
conozco no firmaron por no saver a su
ruego lo firmo un testigo vecino Matheo Manuel
y Juan de Chavarria y Alonso Gomez de esta
ciudad
Por testigo y a su rego los otorgantes

Joan de Chavarria [rúbrica]
Ante mi
Joan Franco [rúbrica]
escrivano público

frc_vol002_0414_b

[Al margen superior derecho, tachado] 272
[Al margen superior derecho, tachado] 26
[Al margen superior derecho] 26
[Al margen superior derecho, a lápiz] 413

[A la izquierda]Y bienes aun doy por a ver
[A la izquierda]poder a las
[A la derecha] [doy] por aver [roto]
[A la derecha] [...] de quales

que [cumples] que sean para [qu...] [roto]
[...] pues [compa...] [roto]
pasada en cosa juzgada [...] [roto] [...]
[...]esta la
ciudad de Cholula a treinta de

pasada en [

[A la derecha, parte inferior] ante mi/ Joan Franco/ escribano publico [Rúbrica]