| frc_vol002_0340_b[Al margen superior derecho, tachado] 340
[Al margen superior derecho, a lápiz] 341
[Al margen superior derecho] 9
la tal venta con el cargo de [e]ste dicho censo so pena
que lo que de otra manera hiziere sea en si
ninguno y no valga y las pueda sacar de poder de la
persona que las tubiere en voluntad de [e]sta clausula
como dicho es [líneas de cancelación]
y tambien es condicion que la da y quando y en qualquier
dicho yo el dicho vendedor y nuestros herederos y suscesores
volvieremos y pagaremos a la dicha cofradia y al
mayordomo de [e]lla va que por ella fuere siguiente
pesos de oro del principal de [e]ste dicho censo con lo corri
do que hasta aquel dia se debieren juntos en una paga
o la mytad de los / [tachado] / con los rreditos que
ovieren corridos sea obligado a los si rrecibir y darme
por libre a mi y a las dichas casas de la dicha can
tidad que asi rrecibiere y abiendo pagado toda la
dicha cantidad de [e]sta dicha escriptura sea en si
ninguna y de ningun valer y efecto [línea de cancelación]
y en la manera que dicha es y el luego bajo de las dichas
condiciones vendo a la dicha cofradia a al mayor
domo y diputados de [e]llas los dichos veynte y un pesos
y treze del dicho oro como de redito en cada un
año por los dichos trecientos pesos del dicho oro que
ansi me a dado y pagado el dicho mayordomo y desde
oy dia en adelante me desisto y aparto y abro
mano de todo el derecho propiedad y senorio
que tengo e pertenecen a las dichas casas
en quanto al principal de este dicho censo y todo
lo cedo, renuncia y traspaso en la dicha cofradia y le doy
poder y ffacultad al mayordomo que es o ffuere
de [e]lla para que de su autoridad judicial
mente pueda tomar y a prehender la posesion
o renuncia de [e]te censo y de las dichas casas
sobre que lo ynpongo para que pueda disponer
de ella su voluntad y en ynter que de hecho toma
y prehende de la dicha posecion me constituyo por
| frc_vol002_0340_b[Al margen superior derecho, tachado] 340
[Al margen superior derecho, a lápiz] 341
[Al margen superior derecho] 9
la tal venta con de cargo de [e]ste dicho censo so pena
que lo que de otra manera se subiere sea en si
ninguno y no valga y las pueda sacar de poder de la
persona o las tubiere en [...] de [e]sta clausula
como dicho es [líneas de cancelación]
y [tenes] condicion que la da y quando y en qualquier
[...] qu[e] el dicho vendedor y mis herederos y suscesores
e ovieremos y pagaremos a la dicha cofradia y al
mayordomo de [e]lla o a quien por ella fuere [...]
[...] del peincipal de [e]ste dicho censo con lo [corre]
[...] aquel dia se debieren juntos en una paga
o la mytad de los / [tachado] / con los rreditos que
ovieren corrido sea obligado a los rrecibo y darme
por [...] y a las dichas casas de la dicha can
tidad que [...] si rrecibiere y abiendo pagado toda la
dicha cantidad de [e]sta dicha escriptura sea en
ninguna y de ningun valer y [esteto] [línea de cancelación]
y en la manera que dicha es y el luego de las dichas
condiciones vendo a la dicha cofradia a al mayor
domo y diputados de [e]llas los dichos veynte y un pesos
y trsze del dicho oro comun de [...] en cada un
año por los dichos trecientos pesos del dicho oro que
[...] me a dado y pagado de [...] y desde
oy dia en adelante me desisto y aperto y abro
mano de todo el derecho propiedad y senorio
que tengo en [...] a las dichas casas
en quanto al principal de este dicho censo y todo
lo [...] y tres peso en la dicha cofradia y le doy
poder y ffacultad al mayordomo que ffuere
de [e]lla para que de su autoridad judicial
[...] pueda tomar y a presender la posesion
o renuncia de [e]te censo y de las dichas casas
sobre que lo ynpongo para que pueda disponer
de la su voluntad y en [...] que de hecho toma
y [...] de la dicha posecion me constituyo por
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