2_08_Litigio por tutoria y cartas de pagos (3)_rezip

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En la çiudad de Cholula, en veynte y un dias del mes de henero de mill y seiscientos y dos años ante don Juan de Saavedra Guzmán corregidor en ella por su magestad la presento el conte nido pedro pablo vesino de esta çiudad digo que a my derecho conviene se me de un traslado del ynventario y almoneda de Marcos de Cepeda my suegro / A vuestra merced pido y suplico mande se me de y pido justicia Pedro Pablo / El corregidor mando que se le de el testimonio que pide en manera que aga fee y lo firmo don Juan de Saavedra Guzmán Juan Gómez Lozano escribano [línea de cancelación] En la çiudad de Cholula a nuebe dias del mes de agosto de seis çientos y un años ante ValentÍn de Jasso corregidor y en ella por su majestad la presento el contenido / Juan morillo vecino de esta çiudad albasea y testamentario de Marcos de Cepeda vecino que fue de esta çiudad digo que fin del susodicho quedaron algunos vienes de los quales tengo nesesidad y sus hijos menores del dicho difunto aser ynventa rio de ellos para que echos se vendan en publica al moneda y para que tenga efeto / A vuestra merced pido y suplico constandole por el testamento que presento ser yo albasea baia personalmente a las casas que quedaron del susodicho difunto para haser el dicho yn bentario por el rriesgo que pueden correr los dichos vienes e pido justiçia Juan morillo [línea de cancelación] E visto por el dicho corregidor esta petiçion y el testamen to y clausula del en que el dicho Juan morillo albasea dixo que esta presto de yr a haser el dicho ynventario si tada Andrea de Cepeda mujer que fue del dicho marcos de sepeda difunto y lo firmo Valentín de Jasso Juan Gómez Lozano escribano [línea de cancelación] E luego yncontinente el dicho dia mes y año dicho yo el escribano yusoescrito çite a andrea de sepeda mujer que fue de marcos de sepeda difunto para lo con tenido en esta petiçion de arriba el qual dijo que lo oye testigos Diego de Coca y Francisco de Cepeda vecinos de esta çiudad Valentín de Jasso de que do y ffe Juan Gómez Lozano escribano [línea de cancelación]

Last edit about 3 years ago by GOGL570322
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[Al margen superior izquierdo]32 [Al margen superior centro] 2 rayas paralelas

Es de pues de lo susodicho este dicho mes y año dicho es tando en tal casas de la morada de Marcos de Ce peda dijunto el dicho corregidor en Cien pecimiento del auto de atras [...] ynventario en los [Mancha] u nes siguientes [Línea de cancelación]

Primeramente ynventariaron por vienes del dicho Marcos de Cepeda las casas de su morada en que al presente esta el dicho corregidor en la esquina de coluco cin con casas de Alo Muñoz [Línea de cancelación]

Y ten un esclavo negro llamado Martín y una negra llamada Andrea [Línea de cancelación]

Y ten un caballo negro castaño escuro y ensillado y en frenado [Línea de cancelación]

[Línea] Y ten un macho castaño con sus aparejes [Línea de cancelación]

Y ten un escritorio grande de chilapa con sus bancos [Línea de cancelación]

Y ten seis liensos de la istoria de Daniel [Línea de cancelación]

Y ten dos alfonbras una grande y una chica [Línea de cancelación]

Y una antepuerta de figuras traydas

Y ten dos coxines de terciopelo uno de carme si y otro berde ya traydos [Línea de cancelación]

Y ten una caxa encorada [Línea de cancelación]

Y ten seis sillas grandes de cadena traydas [Línea de cancelación]

Y ten una escritura de obligaçion de siete myll y dusientos pesos de oro comun que debe Pedro de Yrala [Doble línea de cancelación]

Otra escritura de obligaçion que deve Gazpar de Aguilar y Gonzalo Sanchez de Herrera vecino de México de tres mill pesos de rresto de sincuenta arrobas de grana que vendio el dichoo difunto

Y ten una capa de rraja y una rropilla y una calsa de terçiopelo negro todo traydo [Línea de cancelación]

[Al margen inferior izquierdo:rúbrica] [Al margen inferior :doble línea de cancelación] [Al margen inferior derecho:rúbrica]

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[AL margen superior al centro] 3 rayas paralelas [Al margen superior derecho] 57 [Al margen superior derecho, con lápiz]27

Y ten otro capote y rropilla de paño negro [...] catrerra y un calson de terçiopelo negro todo traydo [Línea de cancelación]

Y ten treçientos pesos de oro comun por una sedula firmada de Juan Morillo que aunque rreso de quinientos pesos [...] con más de treçientos pesos. por que los duçientos pesos dio le dicho Juan Morilo en vida al dicho Marcos de Cepeda como pareçio por dos sedulas firmadas desun del difunto Y ten otra escritura de obligacion de Benito Sanchez Bautista de contra de tres mill y no beçientos y quarenta y nuebe pesos y tres tomynes que se rresto de lla del susodicho [Línea de cancelación]

Y ten un plato grande de plata y onde pla tillos medianos y un pichel y un xarro y un salero dos tasas dos cubiletes y quatro cucharas chicas y una grande todo de plata que pesaron quarenta y sinco marcos y çiete onsas y con es to se acabo de aser el dicho ynventario y todos los dichos vienes quedaron de manifiesto en poder del dicho Juan morillo el qual se yso depo sitario de llos lo firmo de sun con el dicho corre gidor siendo testigos Diego de Coca y Francisco de Cepe da Valentin de Jasso ante my Juan Gomez Lozano escribano

[...]Despues se lo paso dicho este dicho día mes y año diichos pareçio el dicho Juan Morillo y en bentario por vienes del dicho Marcos de Ce peda las deudas que por cuenta del libro parese le dee en que son las siguintes

Primeramente unas casas que son en esta çiudad en la calle quesale de la plasa de lla

[Al margen inferior izquierdo:rúbrica] [Al margen inferior :línea de cancelación con doble rúbrica] [Al margen inferior derecho:rúbrica]

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[Al margen superior centro] Tres rayas inclinadas cortas y paralelas

Y ba al camino rreal de México linde con casas de Diego de Coca y con casas de yndios y por de lante la dicha calle [Línea de cancelación]

Yten diez pesos de oro comun que debe Francisca yn [manchado] dia por quenta de libro [línea de cancelación]

Y ten un peso que debe Madalena yndia por quenta de libro [línea de cancelación]

Mas treynta y quatro pesos y quatro tos [tones] que deve Maria yndiamujer de Loenzo mas quatro to mynes que debe la vieja y una de Julian [Línea de cancelación]

Mas quatro pesos que debe Antona yndia Mas treynta pesos que debe Maria yndia [...]de la mujer de Diego Martin landero español [Línea de cancelación]

Lucia sobrina de la dicha deve dos pesos [Línea de cancelación]

Mas seis pesos que deve Francisca yndia mujer de Diego yndio [Línea de cancelación

Mas treynta pesos que deve Costantina [espalve su hija] [Línea de cancelación]

Todo lo qual parese estar asentado en un ciero de memoria que dejo el dicho difunto que le dejo en su poder el dicho Juan morillo y el dicho corregidor lo firmo con el dicho Juan morillo siendo testigos Nicolas de Leon y Diego de Co ca rregidor annte my Juan Gómez Lozano escribano [Rúbrica]

En la ciudad de Cholula a trese dias del mes de agosto del año de seisçientos y un años an te Valentin de Jasso corregidor en elle por su ma jestad la presento el contenido [Línea de cancelación]

Juan Morillo alvasea y testamentario de Marcos de Cepeda difunto dijo que el suso

[Al margen inferior izquierdo:rúbrica] [Al margen inferior :línea de cancelación] [Al margen inferior derecho:rúbrica]

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[Al margen superior centro] Tres líneas cortas paralelas [Al margen superior derecho]58 [Al margen superior derecho a lápiz] 275

dicho dejo çiertos vienes los queales Vuestra Merced yn ventario y conviene al [...] de sus menores aja al moneda de llas a Vuestra Merced pido y suplico lo man de aser y pido justicia Juan Morillo [Línea de cancelación]

El corregidor mando que el dicho Juan morillo como tal al basea trayga los vienes ynventariados an ttes [...]que esta preto de Asis trasas al mo nedas y lo firmo Valentin de Jasso ante my Juan Gómez Lozano escribano [Línea de cancelación]

Es luego el dicho Juan morillo como tal alvasea tra jo a la puerta de la audençia de esta çiudad algunos de los vienes ynventariados del dicho Marcos de Cepeda los quales en presençia del dicho corregidor y de my el escribano y uso escrito le trajeron en pregon por vos de Martín ne gro pregonero y los vienes que se rremata ron y vendieron a que personas y a que pre çios son los siguientes [Línea de cancelación]

Primeramente trajo en pregon un macho apare jado y se rre mato en Juan de Medina en veynte y un pesos [Línea de cancelación]

Un pichel de plata se rremato en Juan de medina a ocho pesos y quatro tomynes el marco y peso çie te marcos y onsa y media [Línea de cancelación]

Dos candeleros de plata se rremataron a ocho y medio el marco de plata en Rodrigo Mén dez y pesaron çinco marcos y tres onsas y me dia [Línea de cancelación]

Un platon de plata se rr mato en Ro drigo Méndez a rrason de a ocho pesos y quatro tomynes el marco que peso quatro marcos y sinco oncas [Línea de cancelación]

Y ten se rremato una tasa y un salero y un

cuvilete y quatro cucharas chicas y una

grande en Juan de Medina a ocho pesos y qua

[Al margen inferior izquierdo:rúbrica] [Al margen inferior: línea de cancelación con doble rúbrica] [Al margen inferior derecho: rúbrica]

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