frc_vol002_0191_a

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Isela at May 19, 2020 04:23 PM

frc_vol002_0191_a

[Margen superior al centro: tres líneas cortas paralelas]

En la ciudad de Cholula en seis dias
del mes de avril de myll seisçientos
y un años el dicho coregidor para averi
guaçion de lo contenido en la cabeça
de proceso de esta causa hizo paresier
ante si a Juan con el ynterprete de esta jurisdiccion
del qual ffue rreçcivido juramento por
dios nuestro señor y la señal de la cruz en
forma de derecho so cargo del qual pro
metio de deçir verdad y preguntado por el
contenido en la dicha cabeça de proceso
dixo que este testigo save y a visto las casas
que refiere la dicha cabeça de processo
que son en la ciudad de los Ángeles que pose
esta comunidad por suyas y virtud
del çenso que sobre ellas tenya
las quales el dia de oy estan yn
abitables y no ay persona en ellas
por quanto todo es en maderas gode
las se estan cayendo y podridas y mu
chas paredes de la dicha casa por lo
qual save este testigo que del sera putrre
e provechoso el benderlas y dar
las a çenso con lo qual asegurara
su prinçipal del çenso para que las
posehe de lo contrario en per
dera todo por quantia esta comunidad
no puede adereçar las dichas
casas y de estara mal que lo

[Al margen inferior: línea de cancelación]

frc_vol002_0191_a

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En la ciudad de Cholula en seis dias
del mes de avril de myll seisçientos
y un años el dicho coregidor para averi
guaçion de lo contenido en la cabeça
de proceso de esta causa hizo paresier
ante si a Juan con el ynterprete de esta jurisdiccion
del qual ffue rreçcivido juramento por
dios nuestro señor y la señal de la cruz en
forma de derecho so cargo del qual pro
metio de deçir verdad y preguntado por el
contenido en la dicha cabeça de proceso
dixo que este testigo save y a visto las casas
que refiere la dicha cabeça de processo
que son en la ciudad de los Ángeles que pose
esta comunidad por suyas y virtud
del çenso que sobre ellas tenya
las quales el dia de oy estan yn
abitables y no ay persona en ellas
por quanto todo es en maderas gode
las se estan cayendo y podridas y mu
chas paredes de la dicha casa por lo
qual save este testigo que del sera putrre
e provechoso el benderlas y dar
las a çenso con lo qual asegurara
su prinçipal del çenso para que las
posehe de lo contrario en per
dera todo por quantia esta comunidad
no puede adereçar las dichas
casas y de estara mal que lo

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