| frc_vol002_0070_a[Al margen superior al centro: dos rayas cortas paralelas]
[Al margen superior a la izquierda] Poder/ officio
sepan cuantos esta carta vieren
como yo Doña Francisca Gamarra viuda
de lucas martín vecina de esta Ciudad de Cholula
otorgo a esta carta que doy mi poder
cumplido de derecho esta a Francisco de Braca
Motes mi hijo escribano publico de pila por
especialmente para que para mi remite
pueda avER dejado o de contado un
NEGRILLO MIO Y ESCLAVO LLAMADO JUAN
FERA DE HEDAD DE TREZE poco mas o menos
y en razon de la dicha venta por ante
qualesquier escribano hago entregue la es
criptura de venta con las cercas y re
quartos del derecho necesarias de sep
tiembre del derecho laucion prepueda
y conozco que tengo a el dicho esclavo cediendolo
en la persona a que los comprare para que
hagale como citaciones e obligaciones
a las vide y con saneamiento del dicho negro
firmo como de derecho soy obligada si en
trego del precio en que oy lo ven
dieremos uviere ante escrivano QUE DE ELLO DE
ESTE SE DE POR ENTREGADO Y SOBRE ELLO ANTE MI
DE LAS LEYES DEL ENTREGO COMO EN ELLAS
SE CONTIENE TENENDO ESTE DICHO Y OTORGA E POR EL
CUMPLIDO DICHO LO CORRIENDO EN ESTE TIEMPO LE DEXARE
LUEGO PENA ENTONCES Y DE ALE EN RAZON
PARA AGORA LO APRUEVO Y RATIFICO COMO
ESPRESA ESTA LIBRE A SU OTORGAMIENTO POR Y SE
TIENE COMO PARA ELLO OBLIGO PARA CUYO
| frc_vol002_0070_a[Al margen superior al centro: dos rayas cortas paralelas]
[Al margen superior a la izquierda] Poder/ officio
sepan cuantos esta carta vieren
como yo Doña Francisca Gamarra viuda
de lucas martín vecina de esta Ciudad de Cholula
otorgo a esta carta que doy mi poder
cumplido de derecho esta a Francisco de Braca
Motes mi hijo escribano publico de pila por
especialmente para que para mi remite
pueda avER dejado o de contado un
NEGRILLO MIO Y ESCLAVO LLAMADO JUAN
FERA DE HEDAD DE TREZE poco mas o menos
y en razon de la dicha venta por ante
qualesquier escribano hago entregue la es
criptura de venta con las cercas y re
quartos del derecho necesarias de sep
tiembre del derecho laucion prepueda
y conozco que tengo a el dicho esclavo cediendolo
en la persona a que los comprare para que
hagale como citaciones e obligaciones
a las vide y con saneamiento del dicho negro
firmo como de derecho soy obligada si en
trego del precio en que oy lo ven
dieremos uviere ante escrivano QUE DE ELLO DE
ESTE SE DE POR ENTREGADO Y SOBRE ELLO ANTE MI
DE LAS LEYES DEL ENTREGO COMO EN ELLAS
SE CONTIENE TENENDO ESTE DICHO Y OTORGA E POR EL
CUMPLIDO DICHO LO CORRIENDO EN ESTE TIEMPO LE DEXARE
LUEGO PENA ENTONCES Y DE ALE EN RAZON
PARA AGORA LO APRUEVO Y RATIFICO COMO
ESPRESA ESTA LIBRE A SU OTORGAMIENTO POR Y SE
TIENE COMO PARA ELLO OBLIGO PARA CUYO
|