| frc_vol002_0069_a[Al margen superior al centro crismón gráfico]
[al margen superior izquierda descripción del documento] arrendamiento
sepan cuantos esta carta vieren como
yo Bernardo Ramírez vecino de esta ciudad de Cholula
por esta carta otorgo que arriendo a Joan de
Velasco vecino de ella que esta presente una tienda
que tengo en esta ciudad en esquina que linda
con casas mias en que al presente vivo con la
tras tienda y corral que le pertenece la qual
le arriendo por tiempo de un año quea
de comenzar a correr y se contar desde veinte
dias de este presente mes y año de la fecha de
estasión presenta hasta ser cumplido a razon
de dicho año de cuarenta pesos de oro común que me pa
ga adelantados de los cuales me doy por
entregado sobre querrenuncio las leyes del en
trego como en ellas se contiene y con condicion
que durante el dicho tiempo no a de dejar
la dicha tienda so pena de pago la rrenta
debajo y los repartos de que tuviere nessesario
a de ser a costa mia lo cual pagare al dicho
joan de velasco con su juramento simple en
que le rrelebo y de estamera prome
to de no le quitar la dicha tienda so pena
de le dar otra tal y tan buena y en
[al margen inferior al centro tres lineas paralelas ]
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[al margen superior izquierda descripción del documento] arrendamiento
sepan cuantos esta carta vieren como
yo Bernardo Ramírez vecino de esta ciudad de Cholula
por esta carta otorgo que arriendo a Joan de
Velasco vecino de ella que esta presente una tienda
que tengo en esta ciudad en esquina que linda
con casas mias en que al presente vivo con la
tras tienda y corral que le pertenece la qual
le arriendo por tiempo de un año quea
de comenzar a correr y se contar desde veinte
dias de este presente mes y año de la fecha de
estasión presenta hasta ser cumplido a razon
de dicho amo de cuarenta pesos de oro común que me pa
ga adelantados de los cuales me doy por
entregado sobre querren las ley velen
entrego como en ellas se contiene y con condicion
que durante el dicho tiempo no a de dejar
la dicha tienda so pena de pago la rrenta
debajo y los repartos de que tuviere nessesario
a de ser a costa mia lo cual pagare al dicho
joan de velasco con su juramento simple en
que le rrelebo y de estamera prome
to de no le quitar la dicha tienda sopena
de le dar otra tal y tan buena y en
[al margen inferior al centro tres lineas paralelas ]
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