Fondo Real de Cholula

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Pages That Mention Juan de saavedra gusmán

2_08_Litigio por tutoria y cartas de pagos (3)_rezip

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En la çiudad de Cholula, en veynte y un dias del mes de henero de mill y seiscientos y dos años ante don Juan de Saavedra Guzmán corregidor en ella por su magestad la presento el conte nido pedro pablo vesino de esta çiudad digo que a my derecho conviene se me de un traslado del ynventario y almoneda de Marcos de Cepeda my suegro / A vuestra merced pido y suplico mande se me de y pido justicia Pedro Pablo / El corregidor mando que se le de el testimonio que pide en manera que aga fee y lo firmo don Juan de Saavedra Guzmán Juan Gómez Lozano escribano [línea de cancelación] En la çiudad de Cholula a nuebe dias del mes de agosto de seis çientos y un años ante ValentÍn de Jasso corregidor y en ella por su majestad la presento el contenido / Juan morillo vecino de esta çiudad albasea y testamentario de Marcos de Cepeda vecino que fue de esta çiudad digo que fin del susodicho quedaron algunos vienes de los quales tengo nesesidad y sus hijos menores del dicho difunto aser ynventa rio de ellos para que echos se vendan en publica al moneda y para que tenga efeto / A vuestra merced pido y suplico constandole por el testamento que presento ser yo albasea baia personalmente a las casas que quedaron del susodicho difunto para haser el dicho yn bentario por el rriesgo que pueden correr los dichos vienes e pido justiçia Juan morillo [línea de cancelación] E visto por el dicho corregidor esta petiçion y el testamen to y clausula del en que el dicho Juan morillo albasea dixo que esta presto de yr a haser el dicho ynventario si tada Andrea de Cepeda mujer que fue del dicho marcos de sepeda difunto y lo firmo Valentín de Jasso Juan Gómez Lozano escribano [línea de cancelación] E luego yncontinente el dicho dia mes y año dicho yo el escribano yusoescrito çite a andrea de sepeda mujer que fue de marcos de sepeda difunto para lo con tenido en esta petiçion de arriba el qual dijo que lo oye testigos Diego de Coca y Francisco de Cepeda vecinos de esta çiudad Valentín de Jasso de que do y ffe Juan Gómez Lozano escribano [línea de cancelación]

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En la ciudad de cholula en veynte y seis dias del mes de febrero de myll y seisçientos y tres años ante alvaro de olarte tenyente de corregidor por don Juan de Saavedra Guzmán corregidor se presentaron los contenidos [línea de cancelación] Miguel martínez de Salçedo y alonso garçia albaçeas tes tamentarios de Diego Ruiz difunto dezimos que tenemos Pedido se bendan en Publica almoneda Vnas cassas que quedaron Por falle cimto del sussodicho en esta çiudad en el barrio de Tianguisnahuac que lindan con cassas de Juan san ches y con huerta de alonso martin y otros linderos y Se mando dar Ynformaçion de la utilidad que a los Herederos se podia rrercreçer de la ulitidad de la Venta de la dicha cassa y para poderla dar [línea de cancelación] A vuestra merced Pido y suplico nos mande rreçevir ynformaçion de como de no benderse las dichas cassas Vendran en deminuçion Por ser como son de adobe y tener otros ynconvinientes y ben diendose a los dichos menores se les rrecreçe mucha utilidad Porque estara mas bien Parado y seguro el dinero que por ellas se diere En rreales que no tener las dichas cassas que se Pueden caher y Perder el balor por ellas se podran Hallar a el Presente en todo justicia Miguel Martínez Salcedo El theniente mando que de ynfformaçion de lo contenido en esta petiçion y dada la vera e pro vehera justicia y ansi lo proveyo [línea de cancelación] Alvaro de olarte [rúbrica] [al margen derecho] ante my Joan Franco escribano público [rúbrica]

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En la ciudad de cholula en veynte y seis dias del mes hebrero de mill y seisçientos y tres años alavaro de olarte theniente de corregidor en esta dicha ziudad Por don juan de saavedra gusman corregidor en ella abiendo visto lo que por miguel martines salsedo y alonso garcia alba çeas testamentarios de diego ruiz diffunto açerca de que se les rreçiba ynfformaçion de la hutilidad que se sigue a los menores hijos del dicho diffunto de que se bendan las casas que dejo el susodicho e ynformaçion por ellos dada y lo demas que ver conbino. dixo que mandava y mando que Las dichas casas anden en pregon epublica almoneda treynta dias despues de los quales se rematen en la persona que mas por ellas diere ad mitiendoselas posturas que a las dichas casas si hubieren para las quales dio comysion a mi el presente escribano publico y asi lo proveyo [línea de cancelación] Alvaro de olarte [rúbrica] ante my Joan Franco escribano publico [rúbrica]

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En la ciudad de cholula en quinze dias del mes de abril de myll y sesisçientos y tres años ante alvaro de olarte theniente de corregidor por don juan de saavedra gusman corregidor en ella por su magestad paresçieron miguel martines sazcedo y alonso garçia barragan albaçeas y tutores y curadores de las personas y bienes que quedaron de diego ruyz diffunto y dixeron que ellos pidieron que unas casas que quedaron del dicho diffunto se bendiesen en la persona que mas por ellas diera y confforme a derecho andubieron treintas dias en pregon y para que se bendan y rematen pidieron que andubiesen en el y se rematasen en la persona que mas por ella dieren etcetera e por el dicho theniente visto lo pedido por estos susodichos y autos desta causa mando que las dichas casas anden en pregon e publica almoneda y se rrematen en la persona que mas por ellas diere y en cumplimyento de lo susodicho estando a la puerta de las casas rreales desta sivdad en presençia de mu cha gente que presente estava y del dicho theniente y los sus dichos Por bos del domingo negro pregonero andubieron en visita y publica almoneda las casas contenidas en esta causa diçiendo que se bendan de pedumyento de los dichos albaçeas e por bienes de diego ruyz diffunto y que se abian de rrematar luego de contado en la persona que mas por ellas diera y an dado en el dicho pregon y haziendo las dili gençias neçesarias por el dicho pregonero

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