Fondo Real de Cholula

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Pages That Mention Ssebastian Gomes Bexarano

frc_vol011_07_01

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[Crismón gráfico] Sepan quantos Esta carta vieren como yo Sebastian Gomes Bexarano escribano des ta çiudad de Cholula por lo que me toca y en bos en nombre de Doña françisca negrete mi muger en virtud de su poder ques del Señor o thenor Ssiguiente [linea de cancelqción] Sepan quantos esta carta vieren çomo yo Doña françisca negrete muger ligitima de ssebastian gomes Bexarano vesino desta çiudad de Cholula en su presencia y con su licençia que pido y demanda para otorgarce este poder para cuyo effecto yo el dicho sseebastian gomes se la conçedo yo La sussodicha La acepto ussando della otorgo que doy mi poder cumplido qual de Dios se rrequiere y es neçessario al dicho mi marido para que me obligue hasta en cantidad de sseys mill pessos de oro comud por plata oro grana cacao mercaderias y otras co ssas de generos que en mi nombre y para [lla via] y benefficio de nuestra hacienda de obraje que tenemos en esta çiudad çompre y rresçiba de las perssonas y a los pre çios que hallare con rrenunciaçion de el y es del entrego si no fuere ante el escribano y me obligue a que pagare los dichos sseys mill pessos en rreales a las perssonas y a los plaços y en las partes y lugares ssolas penas y ssalarios que pudiere y asenta re ssobre lo qual otorgue las escripturas de [Rúbrica]

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De derecho me la deba conçeder y si en qual quier manera se me conçediere no ussare della y todavia se guarde y cum pla esta escriptura la qual otorgan te/ el presente escrivano y testigos en la ciudad de Cholula en ocho de março de mill y seysçientos y dies y nueve [...] y los otorgantes que yo el escrivano doy ffee que conosco lo firmaron testigos Don Jhoan de los Cameros y Jhoan Dias Calderon y Jaçinto de Leon Coronado ve zinos de esta çiudad Ssebastian Gomes Bexarano. Doña Francisca Negrete ante mi Jhoan Degamis escrivano publico ffije mi digno en testimonio de ver dad Jhoan Degamis escrivano publico y ussando del dicho poder otorgo que obligo a la dicha mi muger yo con ella de man comun abes de uno y cada uno de nos por ssi un [...] Por el todo rrenunçiando como por mi y en el dicho nombre rrenunçio las leyes y derechos de la mancomunidad y el benefiçio de la divission y excuçion a dar y pagar y que pagaremos a Diego rruys Loçano vezino de esta çiudad o a quien su poder viere quatro mill y quinientos pessos de oro comud que le debemos los tre sientos por que a mi y a la dicha mi muger nos presto en realles y los quatro mill y dossientos pessos rrestantes por

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[Crismón gráfico] Sepanquantos Esta carta vieren como yo Sebastian gomes bexarano escrivano y obraxero Desta çiudad de cholula y Doña Francisca Negrete su lixitima muger con licencia que yo la sussodicha Pido y de mando al dicho mi marido Para con el otorgar esta escriptura para cuyo effe cto y el dicho Ssebastian gomes bexarano se la conçedo yo la dicha Doña Francisca negrete la acepto y con ella ambos marido y mu ger de mancomud a boz de uno y cada uno Por el todo y nos soliden Renunçiando como rrenunçiamos las leyes y derechos De la mancomunidad y del beneffiçio de la division y excuçion otorgamos que debemos y nos obligamos de pagar a Diego Ruys Lo çano escrivano desta ciudad/o a quien su poder viere Dos mill y tresientos Pesos de oro comud los un mill pessos Por quinientas arrobas de lana a Dos pessos cada Arroba y tresientos pessos que por nos pasen Amistad y buena obra nos ha suplido y prestado en rreales. en diverssas ocassiones sobretodo lo qual Renunçiamos la excepçion de la pecunia y leyes dela entrega pues va della y los un mill pessos Restantes ala dicha cantidad Desta obligaçion son por tantos que la gosams supli y presta el sussodicho en rreales para aviar nues tra la tienda de obraje. en preferençia de el escrivano y testigos desta carta de que

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yo el dicho Diego Ruys y sin perjuisio de mi derecho consiento y se por bien que los dichos bienes del dicho empeño queden en poder del dicho sebastian gomes y su muger que es ffecha la carta en la çiudad de cholula en veynte dias del mes de enero de mill y sseyscientos y veynte años y los otorgantes que yo el escrivano Doy ffe que conosco Lo firmaron siendo tes tigos mathias avila de morales y ma nuel gomes y melchor de torres escrivano publico des ta çiudad ssebastian gomes bexarano Doña francisca negrete Diego Ruys Loçano ante mi Jhoan Degamis escrivano publico. y he mi signo en termino de verdad [...] Jhoan Degamis [...] [...]

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