Fondo Real de Cholula

OverviewStatisticsSubjectsWorks List

Pages That Mention ana ximenes

frc_vol009_03_01

page_0001
Needs Review

page_0001

Hordin[ari]o 1614 a[ñ]os 1616 a[ñ]os Pedimento e ynfformaçion de diego olmos y ana ximenez yndios para vender unas cassas en esta civdad [Línea de cancelación] n3 dies y ocho diego de olmos y ana ximenes hoy en esta escriptura remataron en 400 pesos antonio de espina matias avila Matías Avila Juan de medina [Item]Remate en Juan de La Crus El en nombre Y con Poder de Juan Rodriguez Crespo Presente en esta causa Para el dicho efecto [rúbrica] En 44 foxas

Last edit 2 months ago by FranciscoJavierFernandez
page_0003
Indexed

page_0003

En la ciudad de cholula en cinco dias del mes de mayo de myll e seisçientos catorze años ante fernando cal deron de vargas Fernando Calderón de Vargascorregidor desta civdad por su magestad pareszieron unos yndios mediante juan de alcaxar E interprete dixeron llamarse diego de olmos y ana ximenes su muger y son naturales desta civdad al barrio de santiago y dixeron que por bienes de don xtobal ximenes [texto tachado] su aguelo de la susodicha quedaron unas casas en esta ciudad en el barrio de San miguel de cholula que son en esquina y lindan por una parte con casas de balthasar yndio y enffrente de las casas de Xtobal Rodriguez [Roto] español i ser esto verdad y al tiempo y mando ello de aquello mismo en el testamento que puzo testigo dexo con denado que la mitad de lo que i entera La Dicha casa fuese Sma lo yglesia y enterrado de en limosna por cien pesos una y la otra mitad de la dicha venta de esta casa que se y a como de dicho testamento que esta en len gua mexicana esta y por eso quiere fueron derecho su presuntacion para que se traduze en lengua castellana y se cumpla lo en el contenido y porque de las dichas casas de ninguna manera tienen provecho y esto me en ellas y tienen Otras casas que estan y cada dia estas gana menos porque vendo pudien dose puedan pidieron al dicho corregidor se le fuece ma su firma de la paternidad que suelen de las que par

Last edit almost 3 years ago by FranciscoJavierFernandez
page_0004
Indexed

page_0004

del precio por ellas le dieren a uel sar la mytad a la dicha yglesia por la dicha manda y la otra mmytad al puedan como dicha deposeen y que se tiene mas aprovecha miento que de tener las dichas casas y de ca en conformydad de la cedula real y anden en pregon y al cavo de ellas se anuncie miraremos por ellas diere expidieron los e por el dicho corregidor esto le pidio por ese de despues ante usted por presentado el dicho testamento I mande que de traduste en lengua caste llana [roto] se ponga enestas diligencias ante los deprecsen y esta manifestación de cumplimiento dicho pedymento y dada la vesa expide sera y ante de probeyo vade padre de la muy nobale

_ En La ciudad de cholula en seis del mes de mayo de mill y seis catorse años diego de oLmos y ana ximenes yndios para su com de El pedimento de otros ante dicho corregidor presentan dicho testamento a un Indio ante Juan de a laex o me exprese dijo llamarse don diego caxco y ser fiscal de la yglesia de Sto

Last edit almost 3 years ago by FranciscoJavierFernandez
page_0031
Incomplete

page_0031

En la ciudad de cholula en ocho dias del mes de julio de myl y seiscientos y catorza años Ante Fernando Calderon de Fernando Calderon de Vargas Vargas corregidor de su por su Äg Lopresen el carde - Nicolas de leon v[ecin]o desta Civdad paresco Ante mi Y diijo que a mi noticia es Leido Que por este de diego Diego de Olmos de olmos y ana ximenes yndia su muger na tural desta ciudad se bendieron y remata ron unas cassas A los Susso dichos tienen en esta ciudad a La calle ba del audi della a la villa de Carrion en una es avina dettras de las cassas Reales en xpo L R C V[ecino]s desta ciudad en presio de Quatrocientos pesos de oro comun y por luego Remate al tiempo Se ysso no fue y sabidor del ni vino a mi noticia para aser postura de las dichas cassas agora que a benido a mi noticia a su postura de las dichas cassas y las pongo en quinientos pesos de oro comun Que pagare de contado Quando se me aga Remate de las dichas cassas tan to a lo Qual - a U ni pido y su PPco admita esta mi pos ttura Que ago de las dichascassas atento F on pro y utilidad de los dichos yndios y a son menores ya Suma pesos por su Real cedula Ma Ante los dichos costales yndios menores bendieren se Rematen en Mmayor Ponedor y oara esto V. M. mande se aga el dicho Re

This page is incompleteEdit this page
Last edit almost 3 years ago by FranciscoJavierFernandez
page_0037
Incomplete

page_0037

En La civdad de cholula en catorze dias del mes de julio de myl y se[iciento]s y catorze años Ante Fernando Calderón de Vargas corregidor de derecho por se Iglesia? lo preseun el can de - = XPoval Rodriguez V[ecin]o desta Civdad = dijo que aviendoseme rematado Unas Casas Enesta civdad que eran de diego de olmos Y ana Ximenes Yndios En quatroscientos pesos de oro Comun Y desPues de Fecho Al Dicho rremate al cavo de algunos dias las Puso nicolas Nicolás de León de leon en quinientos Pesos de oro Comun En qual admitio Como y al rio El rremate y me m[a]ndo dar traslado ber y a mi pedimento se susPendio Por quatro dias Como consta de derecho Autos Lo puxo las dichas casas y ago postura Enellas de quinientos Y cinco pesos de oro comun.- Como suplico admita esta Postura Y le rrematen Las dichas casas en mi como mayor Ponedor de mae delo rre mate Que nicer la fecho Y pido justicia Ante Con que Sse entienda Quenesta Postura Entren los quatrocientos Pesos En Que primero ffueron rrematadas las dichas casas En mi Otra = Auto El corregidor dixo que a admynistra la mytad esta pestina comanda en esta operacion y mando para esta tarde al depago Ante si=

This page is incompleteEdit this page
Last edit almost 3 years ago by FranciscoJavierFernandez
Displaying pages 1 - 5 of 11 in total