Pages That Mention Benito de Aguilar
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en la ciudad de cholula en treinta y uno de maio de mil y seis zientos y dies y nuebe años Juan pardo de aguero corregidor en ella por su magestad aviendo visto este proceso y autos executibos que se siguieron por parte de Andres lopez como albaçea que dijo ser de Alonso beltran difunto contra Diego perez maldonado por cantidad de pesos que en virtud de escriptura presentada pareçe serle deudor y lo pedido por Juan gomez de leguiçamo co mo marido que dice ser de catalina beltran hija legitima y unica heredra del dicho Alonso beltran en raçon de que se le reçiba la infor maçion que ofreçe de como es marido de la dicha catalina beltran y que la susodicha es tal hija y heredera del dicho Alonso beltran y lo demas que en esta raçon pide y alega esta dixo que mandaba y mando se le reçi ba a el dicho Juan gomez la informaçion que ofreçe conforme a su alega çion interrogatorio el qual admitía y admitió en lo pertinente y no en mas y dada proveera lo que mas convenga y sea de justiçia y por este su auto asi lo proveyo mando y firmo con acuerdo de assesor enmendado dada vale juan pardo de aguero joseph de anzures y guevara ante mi joan de Gamiz scrivano publico ynformacion de juan Gomez de leguiçamo en la ciudad de cholula en primero de junio de myl y seiscientos y dies y nuebe años ante pardo de aguero corregidor desta çiudad el dicho juan gomez de leguiçamo para la dicha ynformacion presento por testigo a benito de aguilar vezino desta jurisdiçion del qual fue rreçivido
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y notorio so cargo de mi juramento en y lo firmo y rratifico y lo firmo con el corregidor Juan pardo [rubrica] benito de aguilar ante mi Joan de Gamis scrivano publico [rubrica] en la çiudad de cholula en primero de Junio del dicho año ante el dicho corregidor el dicho Juan gomes para la dicha ynformacion presento por testigo A Juan tenorio vezino y labrador en esta Jurisdiccion del qual fue rreçibido Juramento Por dios nuestro señor y la señal de la cruz en forma de derecho sso cargo del qual prometio de desir verdad y siendo preguntado por las preguntas del ynterrogatorio dixo lo ssiguiente [Línea de cancelación] De la primera pregunta Dixo que conos çe al dicho Juan gomes de leguissamo y a catalina beltran su muger y conosçio a Alonso beltran ya difunto y conosçio a elvira becerra su muger y conosçio A Diego beltran y Juan beltran hermanos de la dicha catalina beltran todos hijos lixitimos del dicho Alonso beltran y esto rresponde [línea de cancelación[ De las preguntas generales del averiguacion le fueron ffechas y deClaradas dixo ser de hedad de mas de quarenta Años y no le toca ninguna dellas y esto rresponde [línea de cancelación]
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Notificacion. En la ciudad de Cholula en Veynte y tres de agosto de mill y sseis y cientos y diez y nueve años yo el escrivano notifique la sentencia de rremate pronuniciado en esta caussa en los estrados de la audiencia en rrebeldia de Perez Maldonado Diego y cite confor me alla para el ultimo rremate dichos Bernal Juan y de Baeza Gregorio y Lopez Guerrero Juan vecinos desta ciudad. de Ramirez Juan Escribano publico
Remate. En la ciudad de Cholula en veynte y tres de agosto demill y ssseys y sientos y dies y nueve años estando en ña plaza publica desta ciudad presente Pardo de Aguero Juan co rregidor della y [...] [...] [...] por bos de negro Nicolas pregonero y abrio la bos de almoneda a los presentes executados en esta caussa que de sseys cavallerias de tierra en esta ju risdiccion en el pago de Telaxte que una cavalleria arreden de un indio lin da por el poniente con tierras de de Aguilar Benito y un mancanillo que es de lindero dellas y por el oriente con las tierras de la [...] de dios dado y por ellos [...] sacate por que [...] [...] [línea de cancelación]
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Yo Pardo de Aguero Juan corregidor desta ciudad de cholula por su magestad mando a las justicias merced della o qualquiera de sus tenientes que metan a Gomes de Guissamo en nombre y como marido de Beltran Catalina hija y heredera de Beltran Alonso difuncto y de los demas sus herederos. En possesion de sseys cavallerias de tierra que son en esta jurisdiccion en pago deste caxate quda una cavalleria corre desde un rrio hasta lindar por el poniente con tierras de de Aguilar Benito un mançanillo que tuve de lindero della por el oriente con tierras de la linda de dios dado y por el largo hasta Ssacatepeque las cinco cavallerias corren desde el camino que ba desta ciudad a Calpa el norte y lindan por el ponien te con la mojonera y termino de la jurisdicion Guexotzingo por el oriente con tierras de la biuda del dicho Dios dado las quales se exe cutaron por el dicho Juan Gomes por ocho sientos y quarenta y tres pesos de oro comun que se rrentaban deviendo por dicho peres mal donado de rresto del precio de las dichas tierras que el bendio el dicho Alonso de Beltran y sse rremataron en el dicho Juan Gomes en e xecucion de sentencia de rremate por mi pronunciada por no aver ponedor para effecto de Aberse pago de la dicha devda costas la qual dicta pose ssion le den sin perjuysion del derecho Real de su magestad ni dentro terçero [línea de cancelación]