Fondo Real de Cholula

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Pages That Mention Villa de Carrion

4_01_Poderes_generales

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[crismón gráfico] [...] sus cientos y quatro pesos estubo [...] doy fee que conozco [...] y saber ansi luego lo firmo vuestra merced [...] Dean Lorenço [...] [...] Manuel Antonio vecinos desta [Línea de cancelación]] Ante mi Franco Joan Escribano público.

[Brevete] Arrendamiento de de Cuenca Alonso a [...] Sepan cuantos esta carta bieren como yo Alonso de Cuenca vecino labrador en juramento [...] recide en esta ciudad de Cholula otorgo y conozco por esta carta le arriendo a de Arregui Pedro que esta presente un pedazo de tierra que tengo en el pago de [Nexapa] que linda con el camino que viene de la Villa de Carrion a la ciudad de Guejotzingo con catorce bueyes y cinco [...] y tres yndios casados y con unas casas y corrales que tienen para [...] y con quatro lugares y seis azadon y una carreta con sus [...] y [...] y un cavallo [...] [...] y quatro lleguas para arar lo que le arriendo por pago de cuatro años primeros de quentas que covren y frecuentan les de dicha en navidad pasado dell [línea de cancelación]

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[crismón gráfico] [tachado] 658 29 [a lápiz] 33 que son las generales de qualesquieran sean presentes especial a las de la ciudad para que me cumplan a [...] de lo que me pues como persona pasada en cosa juzgada la cosa que me hace ffavor con la de derecho ffecha en la ciudad de Cholula en veinte y cinco del mes de jullio de mil seiscientos y quatro con el otorgo yo escribidor que conozco y lo ffirmo de manifiesto a otro de de Mayorga Francisco y Castro Alonso vecinos desta ciudad. [Rúbrica] de Rrosas Valle Francisco Ante mi Franco Joan Escribano público

Sepan quantos esta carta vieren como yo Bocardo Diego vecino de la ciudad de cholula otorog y conozco por esta carta que devo y me obligo de pagar a de Vega Mario vecino de la Villa de Carrión o a quien su poder quiere quarenta pesos de oro comun los quales le devo y son por [...]

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Sumario del cuerpo de vienes 1a pñana 450 pesos 4 tomines 6a---------- 54 pesos 0 tomines 2a---------- 29 pesos 2 tomines 7a----------9 pesos 0 tomines 3a---------- 107 pesos 0 tomines 8a----------17 mil 883 pesos 7 tomines 9 granos 4a---------- 42 pesos 4 tomines 9a---------- 1065 pesos 6 tomines 5a---------- 74 pesos 0 tomines 10a--------264 pesos 4 tomines

Suma 703 pesos 2 tomines Suma 19 mil 277 pesos 1 tomin 9 granos

1 Columnilla 703 pesos 2 tomines. 2 columnilla 19 mil 277 pesos 1 tomin 9 granos

Suma y monta 19 mil 980 pesos 3 tomines 9 granos.

Por manera que el cuerpo de vienes que has ta aqui sea formado suma y monta dies y nueve mil nobesientos y ochenta pesos y tres tomines y nueve granos como se be en la pre sente suma de la columnilla que rresul ta de las dies sumas de las planas a que se ben reducidas las treinta y nieve parti das desde la quarta foxa hasta aqui que Cuerpo de vienes son el dicho cuerpo de vienes------------------------- 19 mil 980 pesos 3 tomines 9 granos

Deudas y gastos contra estos vienes. De los quales dies y nueve mil nobesientos y ochenta pesos y tres tomines y nueve granos que mont el dicho cuerpo de hazienda que queda referido se an de sacar las deudas y gastos siguientes.

1 lugar Por principio de deudas la [...] seis mil pe Partida No. 1 sos de oro comun que sobre la dicha hazi Senso y obra pia. enda de lavor nombrada san Joseph estan ympuestos y cargados a senso prinsipal a favor de la hobra pia para cassa que han que ynstitu yo y fundo el dicho Maria Francisco presbitero ya difuncto y esta en la ygle sia parroquia del señpr san pedro de la Villa de Carrion Valle de Atlixco segundo de cosa la dicha Lopez de Otero María

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No. 6 Reditos. [item] Saco asi mismo por deuda siento y veinte y sinco pesos de oro comun de los redi tos corridos desde senso referido los siento que se cumplieron por el mes de junio del año pasadp de seissientos y setenta y seis segun lo declara la dicha difuncta en la clausula 31 de su testamento foxa 7 de los autos y los beinte y sinco pesos res tantes por seis messes corridos hasta dose de henero desde presente año que fue el dia del remate fecho en el dicho Gomes de la Corte Nicolas y desde en tonses corren por quenta del suso dicho. 125 pesos. 4° lugar. No. 5. [brevete] Deuda de de las Cassas Juan y declarante advirtiese que sobre los reditos deste legado tiene el tasador ad i tem yntente dar demanda sobre aver cobrador de su por siento en ca da un año segun me an dado yn formasion las partes pongo esta razon para que conste. [Cuerpo] Saco assi mismo por deuda quinientps y treinta y siete pessos de oro comun los quinientos de la suerte principal del legado que el lizenciado Maria Francisco presvi tero hizo en clausula de su testamento a juana de las cassas vezino de la Villa de Carrion y los treinta y siste pesos por rason de los reditos corridos que son un año y sinco meses y dose dias desde fin de julio del año passado de mil y seissientos y setenta y sicno hasta dose de henero desde presente años de seten ta y siete segun lo declara la dicha di functa en la clausula 12 de su testa mento foxas 3, 4 de los autos y aunque parese haver pagado Garcia Juan al basea por quenta de dichos corridos veintye pesos estos parese haver los resevidos francisco de Nicolas vecino desta ciudad y segun la carta de pago que esta pen tada en los autos foxa 128 no consta tener poder el dicho de Espindola Francisco de la suso dicha ni ser parte lexitima por ella y se adbierte que esta partida de veinte pessos en la primera adisionada por su merced dicho señor alcalde maior. 537 pesos. 662 pesos.

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De ella sortean Andres hidalgo vezino desta çiudad que me çediesse y si el pa gasse un censso que tenía de los dichos setezientos y quince pesos de prinçi pal contra geronimo Riquerio y doña Antonia de arce su mujer que le tie nen ynpuesto y cargado sobre cassas ssuyas en la çiudad de los Angeles y otras en la villa de carrion sse gun que mas largamente consta de la escriptura de çensso que otor garon ante hernán ssanches ga llardo escrivano publico que fue de la çiudad de los Angeles a los veynte y vn dias del mes de junio de mill y sseys çientos y Doze Años a que me rre fiero. el qual dicho Andres hidalgo me hiso trespasso del dicho censso ante yo el presente escriuano publico su feecha en nueve de agosto del año passado de mill y sseysçientos y veynte y vno a que me rrefiero y para que la dicha capellania le contiene el y el cape llan para ella nombrado goze de la rrenta y el sufraxio de las missas se digan declaro que el dicho çensso se hisso çitado es y perteneçe a la dicha capellania para que con los mismos setezientos y quinze pesos que se rredimieron compre del dicho [linea de cancelación]

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