Fondo Real de Cholula

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Pages That Mention Garçía Cabeças

4_02_Documentos del escribano Juan Franco Martinez (1)

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tos pesos de oro comun que son por rrazon y de rresto de una estancia y tierras de labor que el compro en quatro cientos y setenta y sinco pesos del dicho oro y aunque la dicha es critura de benta que dellas les doy o torgo se dio por entregado de toda la dicha cantidad la berdadero que tan solamente le dio de contado los dichos siento y setenta y sinco pesos y la demas cantidad del presen te deviendo de conpra de la dicha labor de que se dio por entregado con rrenunciacion de el y el en forma y es decir que lo suso dicho no fue ni puso so asi y si lo alegare que no le balga en jurisdiccion fuera de el los quales dichos tresientos pesos les pagara a esta dicha ciudad de Cholula o en otra qualquier parte de rreales de plata no en otra moneda para el dia de pasqua de nabidad primera benidera de la deste pre sente año u el dia que el dicho Diego de Xera [tinta borrosa] ante [el ...] el dicho plazo le entrega de la dicha estancia porque a de ser cumplido el dia que contare el dicho entrego y sino lo ysiere una la dicha a paga para el dicho dia de nabidad [remite] y sin pleyto seguro con las estas y [las tios] que sobre la cobrança se le sugieren y recresieren y para su firme obligo su persona viendo con poder sumision a las jurisdicciones de su magestad de qu[al] quier parte que sean y especialmente a las de la ciudad de Cholula a cuyo fuero con su [domicilio] quedo sometido para quella premien a lo que di ce como por sentencia pasada en cosa juzgado rrenuncio leyes de su fabor con la general de el y el otorgante que yo el escribano conozco no firmo por no saber firmolo a su rruego un testigo con el dicho teniente que aqui ynterpuso su autoridad y decreto judicial para su validacion y fuero siendo testigo Manuel Nuncio de Castro Diego y [roto] [selese] de Trejo estantes en el dicho pago [Rúbrica] Cabeças Garçía por testigo; Nuncio Manuel Ante mi Dávila Alonso Escribano publico

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que se ben se le notifique a el dicho miguel martines no salga de esta çiudad sope na que asu costa sera traydo de donde quiera que le tubiere y an si lo probeyo y dio co mysion para el dicho Efeto a my el escribano garçia cabeças ante my En la çiudad de cholula en el dicho dia mes y año dichos yo El escribano y ley y notifique la petiçion de atras con lo a ella probeydo a myguel martines de salsedo en su persona El qual dijo que lo oye y lo firmo de su nonbre y por no aber todo no se pusieron miguel martinez sazedo doy fee de ello

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La ciudad de cholula en primero dia del mes de ffebrero de mil y seis cientos y cinco años ante garçia cabecas theniente de corregidor de salvador de chaves corregidor de esta ciudad le presento [...] alonso garcia vezino desta ciudad dijo que yo ten go pedido. Por otra peticion [semediciena] el cargo de tutor y curador de las personas y bienes de los Hijos y herederos que quedaron por fin y muerte de diego rruis esemandaron tra her los autos pues consta por el testamento de bajo de ella disposicion el susso dicho murio de que no hago. Presentacion ser tal tutor de francisco rruys diego rruis leonor garcia menores de beinte y uno años. Hisjos y herederos del dicho difunto a [vuestra merced] pido y [suplico] mande admetirme al uso y exercicio del dicho cargo que en el yo estoy puesto a la ser el juramento y dar la fiança [que en el ...] casso se requiere e pido juera alonso garcia [línea de cancelación] el theniente mando que se le traygan los autos y testamento echo por el dicho diego rruis difunto y [aciendolos] [auto] y que por el codicilio echo por el dicho difunto consta ser nonbrado el dicho alonso garcia por tutor de las personas y vienes [línea de cancelación]

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de francisco rruis y diego rruis y leonor [garcia] dixo que abia E ubo por non brado al dicho alonso garcia por tutor y curador de las personas y vienes de los dichos menores all qual le man do paresca y lo asete y agace jura mento de la fiansa de [dio] nesesario y asi lo probeyo [línea de cancelación] [garcia cabecas] ante my Joan Franco escribano publico [rúbrica]

En el de dicho dia mes y año [dichos] En presen cia de garcia cabecas theniente de esta ciudad yo escribano publico [note] el auto arriba contenido a alonso garcia vezino de esta ciudad El qual en su cunplimiento dijo que asetaba y aseto El ser tal tutor y curador de las personas y vienes de de francisco rruis y diego rruis y leonor garcia hijos ligitimos de diego rruis y leonor garcia su mujer difuntos y en su cumplimiento juro por dios nues tro señor y por la señal de la cruz en firma de [...] so cargo de el qual prome tio de ser buen curador de los dichos me nores y sus vienes administra ra y su bien allegara y su daño les [adrredrara] e cobrara Eara cobrar sus vienes y hasienda y los rregira y administrara como debe y es obli gado de manera que bayan En au [línea de cancelación]

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no saber y ser Eldicho rrodrigo mendes siego de la vista corporal firmolo por ellos [...] y lo fueron [jutepecaro] y alonso davila vezino de esta ciudad [línea de cancelación] [rúbrica] garcia cabeças Por [...] y arruego de los otor gantes [alonso] davila [rúbrica] ante my Joan Franco escribano publico [rúbrica]

En la ciudad de cholula en primero dia de el mes de hebrero de myll y seiscientos y sin co años [visto] por garcia cabecas theniente de corregidor desta ziudad El juramento obligacion y fi anças echo por alonso garcia dexo que en quanto podia y de[...] avia lugar de sernia y de sirnio la curaduria de las personas y vienes de francisco rruis y diego rruys y leonor garcia hijos de los dihcos diego rruis leonor garcia su muger difuntos Ejudicial [mente] le dio poder con libre y general administraciontal qual de[...] en tal caso serrequiere para que rriga y administre y govier ne las personas y vienes [de los] dichos menores y para ello pueda cobrar y cobre todos y quales quier vienes que pertenesieren a los dichos menores asi por fin y muer te de los dichos sus padres como En otra qualquier manera Epor quales quier [...] [saberroto] [línea de cancelación]

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