Pages That Mention Ysabel Martínez
4_01_Poderes_generales
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cobren de la suso dicha [línea de cancelación] [auto] ytem declaro que los rreynos de castilla esta una nieta mia ija de mi ijo llamado Martínez Andrés difunto a qual a de aber en mis vienes mil pesos de oro comun los quales declaro que se de bo de nuestro a la legitima que al dicho Andrés Martínez yo le cuyo costo vino de Alonso María su madre mi muger a que la de la dicha mi nieta oir que el dicho Andrés Martínez era mi hijo legitimo avido legitimo matrimonio y la dicha María Alonso mando que de mis vienes se le pague [línea de cancelación] [auto] ytem mando que a [...] [...] mi nie ta y a Martínez Ysabel csu legitima madre mi hija se le den los dos bestidos de muger que claro tener en su poder de la Paz María con quien tenía tratado de me casar tomando cada una el que se pare siere y el manto que ansi mismo de claro tener la dicha María de la Paz teniendo sece a la dicha Ysabel Martínez ni hija por capricho de terciopelo carmesi a la dicha [...] [...] mi nieta por buenas dichas que dellas e recebido [auto] ytem mando se den a Ysabel Martínez muger de Martínez Juan sinquenta pesos de oro comun por servicios que dellas rresebido digo que se le den cuen pesos [auto] ytem declaro que soy cofrade de las cofradias que estan fundadas en el [línea de cancelación]
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[crismón gráfico] [tachado] 665 36 [a lápiz] 40 ta ciudad las quales e pagado la en trada de [...] a todas las quales a cada una dellas mando diez pesos de oro comun de limosna [línea de cancelación] [auto] ytem mando se de mi mis vienes a la cofradía de el Santísimo Sacramento quince ducados de castilla a parte por conseguir la indulgencia que se alcanza por dar tal limosna [línea de cancelación] [auto] ytem mando que para descargo de mi consiencia se digan quarenta misas rresadas por la yntencion que oy la aplicare por que no puedo desear otra cosa [línea de cancelación] [auto] ytem declaro que fui casado y becado segun orden de la santa madre yglesia con Alonso María mi legitima muger y durante el dicho nuestro matrimonio tubimos y procreamos por nuestros hijos legitimos a Martínez Ysabel mi hija muger de López de Angulo Pedro a la qual y al dicho su marido entregado mil pesos de oro comun que escribieron de la parte de la dicha María Alonso mi muger y su madre declarandolo por descaego de mi consiencia y ansi mismo fue por mi legitimo del dicho matri monio como ya tengo declarado a Martínez Andrés que murio en la ciudad de Se villa el qual sejo por su hija legitima a una niña nieta mia que el la que la clausula ante desta tengo declarado la qual le dejo los [línea de cancelación]
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[crismón gráfico] me dijo que escribieron al dicho su padre y a ella como a su hija legitima de la eren cia de su aguela Alonso María mi muger [auto] y para cunplir y pagar este mi testa mento y las mandas y legados en el contenido de voz nombro por mi al baseas y testamentarios a Murillo Julio vecino desta ciudad y a de Lara Xico Francisco vecino de la cienega a los quales y a qual quier dellos por su ynsolidum sin que tenga el no poder de el otro para que entren en mis vienes y los ben dan en las monedas fuera della y cunplan y paguen las mandas y legados y lo de mas en ello contenido [línea de cancelación] [auto] y cumplido y pagado el testamento y lo en el contenido del oy nombro por mis universales erederos a la dicha Martínez Ysabel muger del dicho López de Angulo Pedro y a la dicha mi nieta si fueren iba al tiempo de mi fal sisimo y a de derecho Martínez Andrés mi hijo que murio los que nos den en Castilla los quales en den por y quales partes sin que ellos [...] uno mas que el otro y toda la can tidad que asi le cupiere a la dicha mi nieta a si de la parte de mi mu ger que son mil pesos y la misma quiero y es mi boluntad que todo lo que asi le cupiere a la dicha mi nieta en tre en poder de de Ocon Antonio [línea de cancelación]
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[crismón gráfico] [roto] [subrayado] 37 [a lápiz] 41 vecino desta ciudad para que por su mano le enbie a la suso dicha a [roto] las partes lugar donde estubie re y los dichos rreynos de Castilla con que primero que le envie a la sertificacion de que la suso dicha es viba y que engarre caudos bastantes dello y si la suso dicha ubiere muerto antes que yo [tachado] [dicha] en de la parte que a ella le avia de caber de mi parte la dicha Martínez Ysabel mi ija a la qual siendo muerta la dicha mi nieta antes que yo declaro por mi legitima y unibersal eredera a la dicha Ysabel Martínez de todos mis vienes [auto] y rreboco y anullo y doy por ningu nos y de ningun balor y efecto tres qualesa quien testamentos mandan y codifico que en qual quier manera aya lelgo ante del le para que no balgan en juycio ni fe ra de el salvido este el qual quiero que balga por tal que la via y forma que aya lugar de derecho y testimonio de lo qual otorgue el presente ante el presente escribano publico y todo que es ffecha la ciudad de Cholula en dos dias del mes de disiembre de mill [línea de cancelación]