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Pages That Mention Isidro Trujillo

Libro de Hijuelas del Distrito de Morelia, Núm. 13

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El C. 1373 y 1374 El ciudadano Isidro Trujillo, vecino de Capula, está en quieta y pacífica posesión de un terreno de labor que se encuentra situado en el punto denominado “La Nopalera” y cuyo terreno tiene la extensión y linderos siguientes: por el Oriente 234 metros con terreno de Ramón Espinos; Poniente 114 metros y linda con terreno de Gregorio Escobedo; por el Sur, 234 metros y linda con terreno del mismo Gregorio Escobego y por el Norte 235 metros, lindando con terreno de J. Inés Hernández El terreno que acaba de deslindarse lo posee el C. Trujillo como prisionero del extinguida comunidad de indígenas del pueblo de Capula; tiene capacidad como para 40 litros de sembradora de maíz y su valor aproximado es el De cien pesos, cuya cantidad unidad a otra igual en que ya enagenó otro terreno forman el haber que podría

Gobernación Número 284 Informe sobre la solicitud del C. Isidro Trujillo, vecino indígena de Capula Marzo 13 1907 De con formidad

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C.988 C. Gobernador del Estado Isidro Trujillo originario y vecino de este pueblo ante U[ste]d. con el respeto debido y como mejor proceda comparecer y expongo que: teniendo urgentes necesidades y no teniendo de que disponer, más que un terreno que como indígena y a título de prisionero poseo ya de tiempo en memorial situado en el punto denominado La Nopalera, suplico a U[ste]d. me conceda la autorización para enajenarlo y con el producto atender a mis necesidades. En tal virtud A U[ste]d Señor Gobernador suplico ___ previos los trámites lega les proveer de conformidad mi solicitud con la que se recibiré Justicia y especial gracia protestando lo necesario Capula, 22 de Febrero de 1907 No se firmar

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C. Prefecto - Presente El Ciudadano gobernador ha tenido a bien conceder la licencia sin perjuicio de tercero, al C Isidro Trujillo para que enajene un terreno de labor que como parsionero de la excomunidad de Capula tiene en quieta y pacífica posesión, el cual está situado en “La Nopale ra.” Lo digo á usted en consideración a su oficio nº 284 fecha 11 del actual Morelia, Marzo 14 de 1907 J. Manuel G. Real O.M.

C Isidro Trujillo. Capula Este gobernador atesto el informe previo que en relación al ocurso fecha 22 de Febrero último rindió la prefectura de este Distrito ha servido habían concederle licencia sin prejuicio tercero para que enajenen la fracción de terreno que como parcionero de esa excomunidad posee quieta y pacíficamente en “La Nopalera”; siendo la exclusión y lindero de aquello los siguientes: por el Oriente mide 234 metros y linda con terreno de Ramón Espinosa; por el Poniente 114 metros y linda con terreno de HeGario Escobar; por el Sur 234 y linda con terreno del expresado Escobar y por el Norte 235 metros, lindando con terreno de J. Inés Fernández. Lo digo a usted como resultado de su ocurso supradicho Morelia, Mayo 14 1907 J. Manuel G. Real O.M.

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