Fondo Real de Cholula

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Pages That Mention Juan de la Cruz

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quier justicia de su magestadad de quales quier par tes que sean para quel conpebanal cum plimos de el que dicho el como si fuese ser traslado difinitiba de Juez competente contra le dadas pasada en cosa juzgada sobre que rrenuncio lo que de su fabor con lo general del derecho y lo entrego y no firmo por ser çiego de la vista corporal a su rruego lo firmo un testigo con el dicho juez y lo fueron Carmen de morales y luis de alar con y Juan de la Cruz vezinos desta ciudad Don Juan Ramirez De arellano S [rúbrica] Por testigo Juan de la Cruz [rúbrica] ante my Joan Franco escribano público [rúbrica] en La ciudad de cholula en çinco dias del mes de mayo de myll y seiscientos nueve años don Juan rramirez de arellano jues para lo tocante al enbargo y susesor de los bienes de balen tin de jaso corregidor fue desta ciudad y jues del derecho rreal destibutir dixo que asi no trajo abencia que rrodrigo mendes del castillo juez desta ciudad tiene en su poder cantidad de mayz del dicho balentin de jaso di funto y savio que otras personas le tienen can tidad de mayz y para questo susodicha y zagun las diligençias que confirme a su cumplir su padenamente quel susodicho de dare con juramento el mayz que el tiene en su poder

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ffirmo por ser ςiego de la vista corporal a su ruego y lo firmo un testigo y juan de la cruz y al daude [línea de cancelación] Al margen del centro: Por testigo Juan de la Cruz [rúbrica] Al margen del centro: [Joan Franco] Al margen del centro: escribano público [rúbrica] en la ςiudad de choLula a seys dias de el mes de mayo de mill y seis ςientos y nuebe años don juan rramires de arellano Jues de co mision para el enbargo y secresto de los bienes de balentin de jasso difunto En cumplimiento de la dicha su comision prosiguier y si en la manera siguiente [línea de cancelación] Primeramente un escritorio de la sierra atanaseado con sus tirantes de plata que todos los cajones de el estan llejnos de tocas y panetes y jorjueras [línea de cancelación] yten una cajuela de china y dentro de el un peynado dielan de china labrado de punto rreal y puntas [línea de cancelación] yten un escritorio de onbre a forrado de cuero negro que los cajones de el tienen tecomates y xicarillas y petaquillas y o tras menudenςias de poca ynportan ςia y en un cajon dellos dos bolsas de aguja labradas y dos rrodetes y una ymajen de nuestra señora bordada y un a nus dey escarchado [línea de cancelación] yten una caja encorada de cuero blanco

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maria de la peña su muger [línea de cancelación] Todos los quales dichos libros y papeles que de suso ban ynbentariados segun yn bentariaron por pareser pertene cen a su magestad y de los demas que se hallaren se hara ynbentario de todos los quales el dicho teniente mando se es ten en poder de my el presente escribano para les dar y y entregar cada y quando que por juez conpetente se pidan y lo firmo el dicho teniente testigos alonso davila y Juan de la Cruz [línea de cancelación] Diego ortiz de SSosa [rúbrica] ante my Joan Franco Escribano publico [rúbrica]

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frc_vol011_15_01

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yndio pregonero sse trajeron en pregones y publica almoneda los bienes executados en esta causa e no parescio ponedor a ellos testigo juan de la cruz salbador madera Joan perez loçano scrivano [rubrica] en la ciudad de cholula a sinco dias del mes de noviembre de myll y seiscientos e siete años estando en la plasa publica de la ciudad por vos de francisco negro pregonero se dio este pregon a los bienes executados en esta causa e no paresçió ponedor a ellos testigos salbador madera e juan de la cruz vezinos desta ciudad Y no se dio signo por ser va mandado en cinco Joan perez loçano scrivano [rubrica] en la ciudad de cholula a catorze dias del mes de no viembre del dicho año de seiscientos e siete años se en la plaza publica desta ciudad en al de mucha gente por vos de pedro negro pregonero sse dio de postrero pregon a los bienes exe cutados en esta causa e no paresçio po nedor a ellos testigo juan de la cruz Joan perez loçano scrivano [rubrica]

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