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como Rey e señor para ejercitar y administrar justicia a
indios y a españoles y podrá remunerar y premiar
los dignos y que merecieren estar en la tierra: y castigar
y punir los que incurrieren en crimen que, por muerte, o
destierro se hubieren de echar de ella. ¶ Lo 4o. que cesaran los
bulliciosos y malos motivos y orgullosas soberbias y ambiciones
que los españoles teniendo indios cada hora
tienen y
les nacen para
rebeliones, porque cada uno estima de si poder ser Rey
por la libertad grande que allá han conseguido por estar tan le-
jos de su rey. Y para asegurar este peligro va la vida que
allá no haya español poderoso, y esto saben bien los que co-
nocen aquellas tierras y la presunción que en ellas cobran los
españoles. ¶ lo 5o. que será más apacible y menos odiosa
esta incorporación de todos los indios en la corona real a la ma-
yor parte de los españoles, porque dándose perpetuos a los encomende-
ros: solos se contentarán ellos, que es la menor parte: y todos los de-
más quedan descontentos por verse sin esperanza de haber encomien-
das ni de haber otro provecho por no quedar al rey rentas
o indios en que aprovecharles, pero quedándose su Majestad con
la mitad de las rentas y más con los vasallos: tiene como
esta dicho hacienda y oficios con que aprovecharlos, ¶ lo 6o
y también para poder poner guarnición en aquella tierra que
es muy necesaria para sustentar su real estado y ejercer ju-
sticia en ella. ¶ Lo 6o. terna su Majestad oportunidad
para libremente cumplir la obligación que tiene a la buena
gobernación y conservación y conversión de aquellas gen-
tes, porque estando en su real corona con el buen tratamiento que
se les hará y libertad que gozaran: ternan más tiempo y oportunidad
para oír la predicación y vacar a las cosas divinas como han me-
nester todos los que profesan la religión cristiana.
¶ y porque en aquella tierra hay muchas sepulturas que tienen grandes riquezas
y estas no las quieren descubrir los caciques porque no les tomen
sus riquezas y tesoros los españoles: que mande su Majestad por edicto
publico que ningún español toque en ellas en descubriéndolas
los indios
y de todo
el oro y plata y piedras preciosas quieren dar a su Majestad la tercia par-
te y que a ellos les queden las dos, todo esto decimos, y ofrecemos y
suplicamos de parte de aquellas gentes señores y súbditos los que
aquí firmamos como dicho es
EL obispo fray. Bartolomé.
de las Casas
fray Domingo
de Santo Thomas
¶ Ítem ha de dar su Majestad provisiones y todo el favor
necesario a las personas, o personas que fuere necesarias para tra-
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