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Por d[ic]ho. Don Andres de Berrio, vajo de cuia re-
serva, á la observancia, y cumplimiento, de el Precente,
Ynstrumento, obligo todos los mios, havidos, y por ha
ver, y con ellos me someto a el fuero, y Jurisdiccion de las
Justicias, de su Magestad, en especial, á las de esta Ciudad
corte, y Real Audiencia de ella, renuncio el mio Pro
prio Domicilio, y Vezindad, la ley sicomvenerit
de Juriditione omnium Judicum, las demas de
mi favor, y defenza, con la General de el d[e]r[ech]o. para
que me compelan, y apremien como por sentencia pa-
sada en Authoridad de cossa Jusgada, t aunque
ya me hallo, cassado, y velado, por quanto exsiste
todavia la misma razon de menor edad, Juro
por Dios Nuestro Señor, y la señal de la Santa Cruz
que habre, y tendre por firme lo aqui contenido, y
que contra su thenor, no diré, ni alegaré de Nulidad
ni engaño, sino que lo llevare siempre a puro, y Devi
do efecto, como Negocio, á que he devido gravarme
y con efecto quedo gravado, y ligado en favor de
la D[ic]ha. Doña Rossa de Berrio= Y hallando-

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