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De Liatay juram[ento]o, su magestad. El emperador exc[elentísimo] S[eñori]a en encomiend
da los indios de la nueva Espania, y que padecen afenar los por vias de
vasallage del feudo y otragua alguien manera ni mal ni menos, que el
los tiene salvo lo que de derecho no se permitte, es de tanta fuerça esta
razon, juramento que auiendo se le propuesto al R[everendísimo] de Chiapa[s] con
Espania por cierta persona demuestra autoridad, y demuestra su
dicción y letraó, no tuvo que responder sino dezir estas palabras por
males/. No me apetecio tanto con esse anquesi f[uero]n, que me "faccio"
desir, que aun el Emperador no tiene derecho algunos a los yindios y
lo qual des ser ac[i] de no ser seguro, el "mismo" de una persona tan
cristiana como su S[eñorí]a

La segunda parte desta question es determinar el puesto prin
cipal que me fuese m.[anda]do quedo probar, sic [así] coba Liatay convien
se al gouierno temporal y espiritual desta tarea, y al descargo de
la consigna Real de su mag.[estad] Los yndios della se den en en
comienda a los Espanoles, con feudo y en vasallage/ su pueblo
que su mag[estad], Lo puede hazer como arriba esta probado y pa
ra probar esto que sera lo cierto ver algo scripto [escrito] "acaecida" deste po[r]
esto por asegurar mas mi consciencia, pues en contrario estan escripta
veynte razones, que El R.[everendísi]mo de Chiapa[s] hizo y las quales ser de va
ron tan docto ponen temor a qualquiera persona por docta que sea
para que no ose affirmar lo contrario pero confiado en ese fausese
de "Espana" sancto , y sabia reverencia tanti vixi, mi parecer es lo
que tengo dicho, o eso lo affirman, porque aunque ha poco años, que esto
en la tierra, y la experiencia ca poca como hombre, que trabaje las
m[ism]as en la "magestad" la necessidad grande, que en esta fuerza ay de
nuestro remedio para el assiento della, assi en lo temporal como
en lo espiritual para el descargo de la consciencia Real de su mag[estad]
me ha dado a entender se esta cosa necessaria y conciencia ni
mas, ni menos que esta "dicha" "oficio"/. Pruebo por las razones seguien
tes las quales servirian de probar mi portento, y responder
a las veynte razones que el R[everendísi]mo de Chiapas convino para pro
bar lo contrario

La prim[era]a. "artug".segun[da]. Aristo.specificantus. a fine, por razon

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